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'DEUDOR Y ACREEDOR' 




Título : Régimen general de las obligaciones Tipo de documento: texto impreso Autores: Ospina Fernández, Guillermo., Autor Mención de edición: 8aEdición Editorial: Bogotá [Colombia] : Editorial Temis S.A. Fecha de publicación: 2014 Número de páginas: 520 p. ; Dimensiones: 24 cm. ISBN/ISSN/DL: 958-35-0518-8 Idioma : Español (spa) Palabras clave: DEUDOR Y ACREEDOR OBLIGACIONES - DERECHO - COLOMBIA OBLIGACIONES - DERECHO CIVIL - COLOMBIA Resumen: La teoría general de las obligaciones es la parte de la ciencia del derecho civil que nos da cuenta de la vida y trayectoria de las obligaciones civiles, desde su nacimiento hasta su extinción. Por tanto, dicha teoría estudia: Qué son las obligaciones civiles, cuántas clases de ellas existen, cómo nacen, qué efectos producen, cómo se prueban, cómo se traspasan de unas personas a otras y, en fin, cómo se extinguen. Uno de los grandes juristas modernos de Francia, dice lo siguiente refiriéndose a este tema: "La teoría general de las obligaciones tiene una importancia doctrinal extrema. Cuando se la separa de la teoría de los contratos y de la de los delitos, a las que se encuentra mezclada en el Código Civil, es decir, cuando se toma la obligación abstracción hecha de sus diversas fuentes, se ve aparecer en ella la parte más general de la ley, la que contiene todas las nociones fundamentales de la ciencia del derecho; todas las relaciones que existen entre los hombres, a lo menos todas aquellas que las leyes rigen, se reducen a la idea de obligación: Ninguna cuestión de orden jurídico se puede concebir fuera de esta idea; allí donde no hay obligación, nada tiene que ver el derecho y nada tiene que decir el jurista; puede ser esta una cuestión de arte, de moral o de economía política pero no una cuestión de derecho. Todo problema de derecho se puede formular en estos términos: Qué es lo que tal persona puede exigir a tal otra?; es decir, tomando por el lado inverso la relación que las une: ¿A qué está obligada la segunda persona frente a la primera? Es, pues, siempre a la verificación de un vínculo obligatorio a lo que se reduce todo problema de derecho, cualquiera que él sea; tal es la cuestión primordial que todas las otras encierran o implican". Esta tesis de PLANIOL ha suscitado críticas que, en parte, no carecen de fundamento. Así se dice y es cierto, que los argumentos aducidos por este autor sobrepasan en mucho la finalidad perseguida con ellos, cual es la demostración de la importancia capital que reviste la teoría de las obligaciones civiles, es decir, el estudio de aquellos vínculos de dependencia jurídica de contenido económico que se forman entre personas determinadas que se gobiernan por las normas del derecho civil. Nota de contenido: Introducción. La teoría general de las obligaciones. PARTE PRIMERA. El concepto de la obligación civil, sus elementos y sus clasificaciones. Capítulo l. Los derechos reales y los derechos crediticios. Capítulo ll. El concepto de obligación y sus elementos. Capítulo lll. Clasificaciones de las obligaciones. PARTE SEGUNDA. Clasificación general de las fuentes de las obligaciones. PARTE TERCERA. El régimen general de las obligaciones. Capítulo preliminar. Introducción. SECCIóN PRIMERA. Ejecución coactiva, cesión de bienes y concurso de acreedores. Capítulo l. La ejecución coactiva. Capítulo ll. La cesión de bienes. Capítulo lll. El concurso de acreedores. SECCIóN SEGUNDA. La indemnización de perjuicios. Introducción. La ubicación del tema. Capítulo l. Concepto y generalidades. Capítulo ll. Los requisitos de la indemnización de perjuicios. SECCIóN TERCERA. Derechos auxiliares de los acreedores. APéNDICE. La acción oblicua francesa. PARTE CUARTA. El régimen especial de ciertas obligaciones. Capítulo l. Las obligaciones Naturales. Capítulo ll. Obligaciones "PROPTER REM". Capítulo lll. Obligaciones a plazo. Capítulo lV. Obligaciones condicionales. Capítulo V. Obligaciones conjuntas. Capítulo Vl. Obligaciones solidarias. Capítulo Vll. Obligaciones indivisibles. Capítulo Vlll. Obligaciones alternativas y facultativas. Capítulo lX. Obligaciones de dar y de entregar. Capítulo X. Obligaciones de especie y de género. Capítulo Xl. Obligaciones de dinero. PARTE QUINTA. La traslación de las obligaciones. PARTE SEXTA. La extinción de las obligaciones. Sección primera. Generalidades.Título l. La simple convención extintiva y la revocación unilateral. Título ll. La muerte del acreedor o del deudor. Título lll. El plazo extintivo. Título lV. La condición resolutoria. Título V. El pago. CAPíTULO l. Generalidades. CAPíTULO ll. El pago puro y simple. CAPíTULO lll. El pago con subrogación. CAPíTULO lV. El pago por consignación. CAPíTULO V. El pago con beneficio de competencia. CAPíTULO Vl. La dación en pago.TíTULO Vl. La novación. Apéndice. La delegación. TíTULO Vll. La compensación. TíTULO Vlll. La remisión. TíTULO IX. La confusión. TíTULO X. La imposibilidad de ejecución. TíTULO Xl. La prescripción liberatoria. TíTULO Xll. Los modos indirectos. Derogatoria. Bibliografía. índice de autores. índice de disposiciones. índice de materias. Régimen general de las obligaciones [texto impreso] / Ospina Fernández, Guillermo., Autor . - 8aEdición . - Bogotá [Colombia] : Editorial Temis S.A., 2014 . - 520 p. ; ; 24 cm.
ISBN : 958-35-0518-8
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: DEUDOR Y ACREEDOR OBLIGACIONES - DERECHO - COLOMBIA OBLIGACIONES - DERECHO CIVIL - COLOMBIA Resumen: La teoría general de las obligaciones es la parte de la ciencia del derecho civil que nos da cuenta de la vida y trayectoria de las obligaciones civiles, desde su nacimiento hasta su extinción. Por tanto, dicha teoría estudia: Qué son las obligaciones civiles, cuántas clases de ellas existen, cómo nacen, qué efectos producen, cómo se prueban, cómo se traspasan de unas personas a otras y, en fin, cómo se extinguen. Uno de los grandes juristas modernos de Francia, dice lo siguiente refiriéndose a este tema: "La teoría general de las obligaciones tiene una importancia doctrinal extrema. Cuando se la separa de la teoría de los contratos y de la de los delitos, a las que se encuentra mezclada en el Código Civil, es decir, cuando se toma la obligación abstracción hecha de sus diversas fuentes, se ve aparecer en ella la parte más general de la ley, la que contiene todas las nociones fundamentales de la ciencia del derecho; todas las relaciones que existen entre los hombres, a lo menos todas aquellas que las leyes rigen, se reducen a la idea de obligación: Ninguna cuestión de orden jurídico se puede concebir fuera de esta idea; allí donde no hay obligación, nada tiene que ver el derecho y nada tiene que decir el jurista; puede ser esta una cuestión de arte, de moral o de economía política pero no una cuestión de derecho. Todo problema de derecho se puede formular en estos términos: Qué es lo que tal persona puede exigir a tal otra?; es decir, tomando por el lado inverso la relación que las une: ¿A qué está obligada la segunda persona frente a la primera? Es, pues, siempre a la verificación de un vínculo obligatorio a lo que se reduce todo problema de derecho, cualquiera que él sea; tal es la cuestión primordial que todas las otras encierran o implican". Esta tesis de PLANIOL ha suscitado críticas que, en parte, no carecen de fundamento. Así se dice y es cierto, que los argumentos aducidos por este autor sobrepasan en mucho la finalidad perseguida con ellos, cual es la demostración de la importancia capital que reviste la teoría de las obligaciones civiles, es decir, el estudio de aquellos vínculos de dependencia jurídica de contenido económico que se forman entre personas determinadas que se gobiernan por las normas del derecho civil. Nota de contenido: Introducción. La teoría general de las obligaciones. PARTE PRIMERA. El concepto de la obligación civil, sus elementos y sus clasificaciones. Capítulo l. Los derechos reales y los derechos crediticios. Capítulo ll. El concepto de obligación y sus elementos. Capítulo lll. Clasificaciones de las obligaciones. PARTE SEGUNDA. Clasificación general de las fuentes de las obligaciones. PARTE TERCERA. El régimen general de las obligaciones. Capítulo preliminar. Introducción. SECCIóN PRIMERA. Ejecución coactiva, cesión de bienes y concurso de acreedores. Capítulo l. La ejecución coactiva. Capítulo ll. La cesión de bienes. Capítulo lll. El concurso de acreedores. SECCIóN SEGUNDA. La indemnización de perjuicios. Introducción. La ubicación del tema. Capítulo l. Concepto y generalidades. Capítulo ll. Los requisitos de la indemnización de perjuicios. SECCIóN TERCERA. Derechos auxiliares de los acreedores. APéNDICE. La acción oblicua francesa. PARTE CUARTA. El régimen especial de ciertas obligaciones. Capítulo l. Las obligaciones Naturales. Capítulo ll. Obligaciones "PROPTER REM". Capítulo lll. Obligaciones a plazo. Capítulo lV. Obligaciones condicionales. Capítulo V. Obligaciones conjuntas. Capítulo Vl. Obligaciones solidarias. Capítulo Vll. Obligaciones indivisibles. Capítulo Vlll. Obligaciones alternativas y facultativas. Capítulo lX. Obligaciones de dar y de entregar. Capítulo X. Obligaciones de especie y de género. Capítulo Xl. Obligaciones de dinero. PARTE QUINTA. La traslación de las obligaciones. PARTE SEXTA. La extinción de las obligaciones. Sección primera. Generalidades.Título l. La simple convención extintiva y la revocación unilateral. Título ll. La muerte del acreedor o del deudor. Título lll. El plazo extintivo. Título lV. La condición resolutoria. Título V. El pago. CAPíTULO l. Generalidades. CAPíTULO ll. El pago puro y simple. CAPíTULO lll. El pago con subrogación. CAPíTULO lV. El pago por consignación. CAPíTULO V. El pago con beneficio de competencia. CAPíTULO Vl. La dación en pago.TíTULO Vl. La novación. Apéndice. La delegación. TíTULO Vll. La compensación. TíTULO Vlll. La remisión. TíTULO IX. La confusión. TíTULO X. La imposibilidad de ejecución. TíTULO Xl. La prescripción liberatoria. TíTULO Xll. Los modos indirectos. Derogatoria. Bibliografía. índice de autores. índice de disposiciones. índice de materias. Ejemplares (7)
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Título : Régimen general de las obligaciones Tipo de documento: texto impreso Autores: Ospina Fernández, Guillermo., Autor Mención de edición: 8aEdición Editorial: Bogotá [Colombia] : Editorial Temis S.A. Fecha de publicación: 2008 Número de páginas: 520 p. ; Dimensiones: 24 cm. ISBN/ISSN/DL: 958-35-0518-8 Idioma : Español (spa) Palabras clave: DEUDOR Y ACREEDOR OBLIGACIONES - DERECHO - COLOMBIA OBLIGACIONES - DERECHO CIVIL - COLOMBIA Resumen: La teoría general de las obligaciones es la parte de la ciencia del derecho civil que nos da cuenta de la vida y trayectoria de las obligaciones civiles, desde su nacimiento hasta su extinción. Por tanto, dicha teoría estudia: Qué son las obligaciones civiles, cuántas clases de ellas existen, cómo nacen, qué efectos producen, cómo se prueban, cómo se traspasan de unas personas a otras y, en fin, cómo se extinguen. Uno de los grandes juristas modernos de Francia, dice lo siguiente refiriéndose a este tema: "La teoría general de las obligaciones tiene una importancia doctrinal extrema. Cuando se la separa de la teoría de los contratos y de la de los delitos, a las que se encuentra mezclada en el Código Civil, es decir, cuando se toma la obligación abstracción hecha de sus diversas fuentes, se ve aparecer en ella la parte más general de la ley, la que contiene todas las nociones fundamentales de la ciencia del derecho; todas las relaciones que existen entre los hombres, a lo menos todas aquellas que las leyes rigen, se reducen a la idea de obligación: Ninguna cuestión de orden jurídico se puede concebir fuera de esta idea; allí donde no hay obligación, nada tiene que ver el derecho y nada tiene que decir el jurista; puede ser esta una cuestión de arte, de moral o de economía política pero no una cuestión de derecho. Todo problema de derecho se puede formular en estos términos: Qué es lo que tal persona puede exigir a tal otra?; es decir, tomando por el lado inverso la relación que las une: ¿A qué está obligada la segunda persona frente a la primera? Es, pues, siempre a la verificación de un vínculo obligatorio a lo que se reduce todo problema de derecho, cualquiera que él sea; tal es la cuestión primordial que todas las otras encierran o implican". Esta tesis de PLANIOL ha suscitado críticas que, en parte, no carecen de fundamento. Así se dice y es cierto, que los argumentos aducidos por este autor sobrepasan en mucho la finalidad perseguida con ellos, cual es la demostración de la importancia capital que reviste la teoría de las obligaciones civiles, es decir, el estudio de aquellos vínculos de dependencia jurídica de contenido económico que se forman entre personas determinadas que se gobiernan por las normas del derecho civil. Nota de contenido: Introducción. La teoría general de las obligaciones. PARTE PRIMERA. El concepto de la obligación civil, sus elementos y sus clasificaciones. Capítulo l. Los derechos reales y los derechos crediticios. Capítulo ll. El concepto de obligación y sus elementos. Capítulo lll. Clasificaciones de las obligaciones. PARTE SEGUNDA. Clasificación general de las fuentes de las obligaciones. PARTE TERCERA. El régimen general de las obligaciones. Capítulo preliminar. Introducción. SECCIóN PRIMERA. Ejecución coactiva, cesión de bienes y concurso de acreedores. Capítulo l. La ejecución coactiva. Capítulo ll. La cesión de bienes. Capítulo lll. El concurso de acreedores. SECCIóN SEGUNDA. La indemnización de perjuicios. Introducción. La ubicación del tema. Capítulo l. Concepto y generalidades. Capítulo ll. Los requisitos de la indemnización de perjuicios. SECCIóN TERCERA. Derechos auxiliares de los acreedores. APéNDICE. La acción oblicua francesa. PARTE CUARTA. El régimen especial de ciertas obligaciones. Capítulo l. Las obligaciones Naturales. Capítulo ll. Obligaciones "PROPTER REM". Capítulo lll. Obligaciones a plazo. Capítulo lV. Obligaciones condicionales. Capítulo V. Obligaciones conjuntas. Capítulo Vl. Obligaciones solidarias. Capítulo Vll. Obligaciones indivisibles. Capítulo Vlll. Obligaciones alternativas y facultativas. Capítulo lX. Obligaciones de dar y de entregar. Capítulo X. Obligaciones de especie y de género. Capítulo Xl. Obligaciones de dinero. PARTE QUINTA. La traslación de las obligaciones. PARTE SEXTA. La extinción de las obligaciones. Sección primera. Generalidades.Título l. La simple convención extintiva y la revocación unilateral. Título ll. La muerte del acreedor o del deudor. Título lll. El plazo extintivo. Título lV. La condición resolutoria. Título V. El pago. CAPíTULO l. Generalidades. CAPíTULO ll. El pago puro y simple. CAPíTULO lll. El pago con subrogación. CAPíTULO lV. El pago por consignación. CAPíTULO V. El pago con beneficio de competencia. CAPíTULO Vl. La dación en pago.TíTULO Vl. La novación. Apéndice. La delegación. TíTULO Vll. La compensación. TíTULO Vlll. La remisión. TíTULO IX. La confusión. TíTULO X. La imposibilidad de ejecución. TíTULO Xl. La prescripción liberatoria. TíTULO Xll. Los modos indirectos. Derogatoria. Bibliografía. índice de autores. índice de disposiciones. índice de materias. Régimen general de las obligaciones [texto impreso] / Ospina Fernández, Guillermo., Autor . - 8aEdición . - Bogotá [Colombia] : Editorial Temis S.A., 2008 . - 520 p. ; ; 24 cm.
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Palabras clave: DEUDOR Y ACREEDOR OBLIGACIONES - DERECHO - COLOMBIA OBLIGACIONES - DERECHO CIVIL - COLOMBIA Resumen: La teoría general de las obligaciones es la parte de la ciencia del derecho civil que nos da cuenta de la vida y trayectoria de las obligaciones civiles, desde su nacimiento hasta su extinción. Por tanto, dicha teoría estudia: Qué son las obligaciones civiles, cuántas clases de ellas existen, cómo nacen, qué efectos producen, cómo se prueban, cómo se traspasan de unas personas a otras y, en fin, cómo se extinguen. Uno de los grandes juristas modernos de Francia, dice lo siguiente refiriéndose a este tema: "La teoría general de las obligaciones tiene una importancia doctrinal extrema. Cuando se la separa de la teoría de los contratos y de la de los delitos, a las que se encuentra mezclada en el Código Civil, es decir, cuando se toma la obligación abstracción hecha de sus diversas fuentes, se ve aparecer en ella la parte más general de la ley, la que contiene todas las nociones fundamentales de la ciencia del derecho; todas las relaciones que existen entre los hombres, a lo menos todas aquellas que las leyes rigen, se reducen a la idea de obligación: Ninguna cuestión de orden jurídico se puede concebir fuera de esta idea; allí donde no hay obligación, nada tiene que ver el derecho y nada tiene que decir el jurista; puede ser esta una cuestión de arte, de moral o de economía política pero no una cuestión de derecho. Todo problema de derecho se puede formular en estos términos: Qué es lo que tal persona puede exigir a tal otra?; es decir, tomando por el lado inverso la relación que las une: ¿A qué está obligada la segunda persona frente a la primera? Es, pues, siempre a la verificación de un vínculo obligatorio a lo que se reduce todo problema de derecho, cualquiera que él sea; tal es la cuestión primordial que todas las otras encierran o implican". Esta tesis de PLANIOL ha suscitado críticas que, en parte, no carecen de fundamento. Así se dice y es cierto, que los argumentos aducidos por este autor sobrepasan en mucho la finalidad perseguida con ellos, cual es la demostración de la importancia capital que reviste la teoría de las obligaciones civiles, es decir, el estudio de aquellos vínculos de dependencia jurídica de contenido económico que se forman entre personas determinadas que se gobiernan por las normas del derecho civil. Nota de contenido: Introducción. La teoría general de las obligaciones. PARTE PRIMERA. El concepto de la obligación civil, sus elementos y sus clasificaciones. Capítulo l. Los derechos reales y los derechos crediticios. Capítulo ll. El concepto de obligación y sus elementos. Capítulo lll. Clasificaciones de las obligaciones. PARTE SEGUNDA. Clasificación general de las fuentes de las obligaciones. PARTE TERCERA. El régimen general de las obligaciones. Capítulo preliminar. Introducción. SECCIóN PRIMERA. Ejecución coactiva, cesión de bienes y concurso de acreedores. Capítulo l. La ejecución coactiva. Capítulo ll. La cesión de bienes. Capítulo lll. El concurso de acreedores. SECCIóN SEGUNDA. La indemnización de perjuicios. Introducción. La ubicación del tema. Capítulo l. Concepto y generalidades. Capítulo ll. Los requisitos de la indemnización de perjuicios. SECCIóN TERCERA. Derechos auxiliares de los acreedores. APéNDICE. La acción oblicua francesa. PARTE CUARTA. El régimen especial de ciertas obligaciones. Capítulo l. Las obligaciones Naturales. Capítulo ll. Obligaciones "PROPTER REM". Capítulo lll. Obligaciones a plazo. Capítulo lV. Obligaciones condicionales. Capítulo V. Obligaciones conjuntas. Capítulo Vl. Obligaciones solidarias. Capítulo Vll. Obligaciones indivisibles. Capítulo Vlll. Obligaciones alternativas y facultativas. Capítulo lX. Obligaciones de dar y de entregar. Capítulo X. Obligaciones de especie y de género. Capítulo Xl. Obligaciones de dinero. PARTE QUINTA. La traslación de las obligaciones. PARTE SEXTA. La extinción de las obligaciones. Sección primera. Generalidades.Título l. La simple convención extintiva y la revocación unilateral. Título ll. La muerte del acreedor o del deudor. Título lll. El plazo extintivo. Título lV. La condición resolutoria. Título V. El pago. CAPíTULO l. Generalidades. CAPíTULO ll. El pago puro y simple. CAPíTULO lll. El pago con subrogación. CAPíTULO lV. El pago por consignación. CAPíTULO V. El pago con beneficio de competencia. CAPíTULO Vl. La dación en pago.TíTULO Vl. La novación. Apéndice. La delegación. TíTULO Vll. La compensación. TíTULO Vlll. La remisión. TíTULO IX. La confusión. TíTULO X. La imposibilidad de ejecución. TíTULO Xl. La prescripción liberatoria. TíTULO Xll. Los modos indirectos. Derogatoria. Bibliografía. índice de autores. índice de disposiciones. índice de materias. Ejemplares (5)
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