Título : |
Compliance penal para pymes según la Norma UNE 19601 |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Serrano de Nicolás, Yolanda, Autor ; Albalá González, Agustín, Autor ; Conesa Alagarga, Mayrata, Autor |
Editorial: |
Madrid [España] : AENOR Ediciones (Asociación Española de Normalización) |
Fecha de publicación: |
2019 |
Número de páginas: |
199 p. |
Il.: |
il. : blanco y negro |
Dimensiones: |
24 cm. |
ISBN/ISSN/DL: |
978-84-17891-00-8 |
Nota general: |
Cuadros |
Idioma : |
Español (spa) |
Etiquetas: |
CUMPLIMIENTO NORMATIVO – COMPLIANCE DELITOS PATRIMONIALES Y SOCIOECONÓMICOS DERECHO DERECHO MERCANTIL DERECHO PENAL - PARTE ESPECIAL SOCIEDADES MERCANTILES |
Clasificación: |
346.07 Derecho Privado - Derecho Comercial |
Resumen: |
Cuando se empezó a hablar de compliance penal y de los modelos de prevención de delitos, todos pensábamos que estábamos ante algo reservado a las grandes empresas.
Sin embargo, cualquier empresa, por pequeña que sea, queda afectada por lo que estipula el artículo 31 bis del Código Penal. Y en el seno de cualquier empresa, por pequeña que sea, hay personas susceptibles de cometer delitos. Que eso conlleve la responsabilidad penal de la persona jurídica, no tiene nada que ver con el tamaño de la empresa.
El propio artículo 31 bis, cuando trata de la existencia de un órgano que se ocupe de la supervisión, vigilancia y control de las medidas para prevenir delitos, ya hace referencia a las pequeñas empresas, indicando que considera como tales a las que pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada. Es decir, el propio Código Penal ya plantea que estos modelos no son patrimonio exclusivo de las grandes corporaciones.
Desde que el compliance penal adquirió un mayor protagonismo, tras la segunda reforma del Código Penal en 2015, se ha producido una constante vinculación entre lo relacionado con la prevención de delitos y la ética, el buen gobierno y la transparencia en la gestión empresarial.
El Código Ético o Código de Conducta se ha convertido, en muchas ocasiones, en el punto de partida del modelo de prevención de delitos; y en estos códigos se sustentan los principales compromisos que las organizaciones adquieren en materias como la lucha contra la corrupción, la transparencia de la información que aportan, la ética en los negocios…
La Norma UNE 19601, que partió de lo expuesto en el artículo 31 bis del Código Penal, ofrece un modelo para el diseño del sistema de gestión de compliance penal.
Fue redactada por el subcomité de normalización CTN 307/SC 1 Sistemas de gestión del cumplimiento y sistemas de gestión anticorrupción, que hoy en día es el subcomité CTN 165/SC 3, para poder ofrecer una herramienta de gestión en esa materia a organizaciones de todos los sectores y de todos los tamaños.
La norma sigue la estructura de alto nivel creada por ISO para todas aquellas normas de sistemas de gestión (ISO 9001, ISO 14001, ISO 45001, ISO 27001, ISO 37001, ISO 19600, etc.), cuyo fin es que compartan una estructura común basada en una misma redacción de los requisitos genéricos con el objeto de facilitar la integración de distintos sistemas de gestión. |
Nota de contenido: |
• Presentación.
0 Introducción.
1 Objeto y campo de aplicación.
2 Normas para consulta.
3 Términos y definiciones.
4 Contexto de la organización.
4.1 Comprensión de la organización y su contexto.
4.2 Entendimiento de las necesidades y expectativas de las partes interesadas.
4.3 Determinación del alcance del sistema de gestión de compliance penal.
4.4 Sistemas de gestión de compliance penal.
5 Liderazgo.
5.1 Liderazgo y compromiso.
5.2 Política de compliance penal.
5.3 Roles, responsabilidades y autoridades en la organización.
6 Planificación.
6.1 Acciones para abordar riesgos y oportunidades.
6.2 Evaluación de los riesgos penales.
6.3 Objetivos de compliance penal y planificación para lograrlos.
7 Elementos de apoyo.
7.1 Cultura de compliance.
7.2 Recursos.
7.3 Competencia.
7.4 Formación y concienciación en compliance.
7.5 Comunicación.
7.6 Información documentada.
8 Operación.
8.1 Planificación y control operacional.
8.2 Diligencia debida.
8.3 Controles financieros.
8.4 Controles no financieros.
8.5 Implementación de controles en las filiales y en socios de negocio.
8.6 Condiciones contractuales.
8.7 Comunicación de incumplimientos e irregularidades.
8.8 Investigación de incumplimientos e irregularidades.
9 Evaluación del desempeño.
9.1 Seguimiento, medición, análisis y evaluación.
9.2 Auditoría interna.
9.3 Revisión por el órgano de compliance penal.
9.4 Revisión por la alta dirección.
9.5 Revisión por el órgano de gobierno.
10 Mejora.
10.1 No conformidades y acciones correctivas.
10.2 Mejora continua.
11 Los anexos de la Norma UNE 19601.
• Anexo A (Informativo) Relación de la Norma UNE 19601 con el Código Penal español
• Anexo B (Informativo) Diligencia debida
• Anexo C (Normativo) Información documentada mínima necesaria en un sistema de gestión de compliance penal
• Anexo D (Informativo) Implementación del modelo de prevención penal en las filiales de la organización y en socios de negocio
• Anexo E (Informativo) Cláusulas contractuales
• Anexo F (Informativo) Recomendaciones a tener en cuenta en el caso de fusiones
• Anexo A Compliance y la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Equivalencia entre la Norma UNE 19601:2017 y el Código Penal español
• Bibliografía
• Sobre los autores
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Compliance penal para pymes según la Norma UNE 19601 [texto impreso] / Serrano de Nicolás, Yolanda, Autor ; Albalá González, Agustín, Autor ; Conesa Alagarga, Mayrata, Autor . - Madrid [España] : AENOR Ediciones (Asociación Española de Normalización), 2019 . - 199 p. : il. : blanco y negro ; 24 cm. ISBN : 978-84-17891-00-8 Cuadros Idioma : Español ( spa)
Etiquetas: |
CUMPLIMIENTO NORMATIVO – COMPLIANCE DELITOS PATRIMONIALES Y SOCIOECONÓMICOS DERECHO DERECHO MERCANTIL DERECHO PENAL - PARTE ESPECIAL SOCIEDADES MERCANTILES |
Clasificación: |
346.07 Derecho Privado - Derecho Comercial |
Resumen: |
Cuando se empezó a hablar de compliance penal y de los modelos de prevención de delitos, todos pensábamos que estábamos ante algo reservado a las grandes empresas.
Sin embargo, cualquier empresa, por pequeña que sea, queda afectada por lo que estipula el artículo 31 bis del Código Penal. Y en el seno de cualquier empresa, por pequeña que sea, hay personas susceptibles de cometer delitos. Que eso conlleve la responsabilidad penal de la persona jurídica, no tiene nada que ver con el tamaño de la empresa.
El propio artículo 31 bis, cuando trata de la existencia de un órgano que se ocupe de la supervisión, vigilancia y control de las medidas para prevenir delitos, ya hace referencia a las pequeñas empresas, indicando que considera como tales a las que pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada. Es decir, el propio Código Penal ya plantea que estos modelos no son patrimonio exclusivo de las grandes corporaciones.
Desde que el compliance penal adquirió un mayor protagonismo, tras la segunda reforma del Código Penal en 2015, se ha producido una constante vinculación entre lo relacionado con la prevención de delitos y la ética, el buen gobierno y la transparencia en la gestión empresarial.
El Código Ético o Código de Conducta se ha convertido, en muchas ocasiones, en el punto de partida del modelo de prevención de delitos; y en estos códigos se sustentan los principales compromisos que las organizaciones adquieren en materias como la lucha contra la corrupción, la transparencia de la información que aportan, la ética en los negocios…
La Norma UNE 19601, que partió de lo expuesto en el artículo 31 bis del Código Penal, ofrece un modelo para el diseño del sistema de gestión de compliance penal.
Fue redactada por el subcomité de normalización CTN 307/SC 1 Sistemas de gestión del cumplimiento y sistemas de gestión anticorrupción, que hoy en día es el subcomité CTN 165/SC 3, para poder ofrecer una herramienta de gestión en esa materia a organizaciones de todos los sectores y de todos los tamaños.
La norma sigue la estructura de alto nivel creada por ISO para todas aquellas normas de sistemas de gestión (ISO 9001, ISO 14001, ISO 45001, ISO 27001, ISO 37001, ISO 19600, etc.), cuyo fin es que compartan una estructura común basada en una misma redacción de los requisitos genéricos con el objeto de facilitar la integración de distintos sistemas de gestión. |
Nota de contenido: |
• Presentación.
0 Introducción.
1 Objeto y campo de aplicación.
2 Normas para consulta.
3 Términos y definiciones.
4 Contexto de la organización.
4.1 Comprensión de la organización y su contexto.
4.2 Entendimiento de las necesidades y expectativas de las partes interesadas.
4.3 Determinación del alcance del sistema de gestión de compliance penal.
4.4 Sistemas de gestión de compliance penal.
5 Liderazgo.
5.1 Liderazgo y compromiso.
5.2 Política de compliance penal.
5.3 Roles, responsabilidades y autoridades en la organización.
6 Planificación.
6.1 Acciones para abordar riesgos y oportunidades.
6.2 Evaluación de los riesgos penales.
6.3 Objetivos de compliance penal y planificación para lograrlos.
7 Elementos de apoyo.
7.1 Cultura de compliance.
7.2 Recursos.
7.3 Competencia.
7.4 Formación y concienciación en compliance.
7.5 Comunicación.
7.6 Información documentada.
8 Operación.
8.1 Planificación y control operacional.
8.2 Diligencia debida.
8.3 Controles financieros.
8.4 Controles no financieros.
8.5 Implementación de controles en las filiales y en socios de negocio.
8.6 Condiciones contractuales.
8.7 Comunicación de incumplimientos e irregularidades.
8.8 Investigación de incumplimientos e irregularidades.
9 Evaluación del desempeño.
9.1 Seguimiento, medición, análisis y evaluación.
9.2 Auditoría interna.
9.3 Revisión por el órgano de compliance penal.
9.4 Revisión por la alta dirección.
9.5 Revisión por el órgano de gobierno.
10 Mejora.
10.1 No conformidades y acciones correctivas.
10.2 Mejora continua.
11 Los anexos de la Norma UNE 19601.
• Anexo A (Informativo) Relación de la Norma UNE 19601 con el Código Penal español
• Anexo B (Informativo) Diligencia debida
• Anexo C (Normativo) Información documentada mínima necesaria en un sistema de gestión de compliance penal
• Anexo D (Informativo) Implementación del modelo de prevención penal en las filiales de la organización y en socios de negocio
• Anexo E (Informativo) Cláusulas contractuales
• Anexo F (Informativo) Recomendaciones a tener en cuenta en el caso de fusiones
• Anexo A Compliance y la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Equivalencia entre la Norma UNE 19601:2017 y el Código Penal español
• Bibliografía
• Sobre los autores
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