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Título : Medios magnéticos : Presentación de la información tributaria Otro título : 2023 Tipo de documento: texto impreso Autores: Alvear Aragón, Natacha Mariú, Autor ; José Antonio Currea Díaz, Editor comercial ; Martha Penen Lastra, Editor comercial Mención de edición: 12 ed. Editorial: Bogotá [Colombia] : Legis Editores Fecha de publicación: 2023 Número de páginas: 364 p. Il.: il.: blanco y negro Dimensiones: 27 cm. ISBN/ISSN/DL: 978-958-797-371-6 Nota general: Cuadros,gráficos Idioma : Español (spa) Etiquetas: IMPUESTOS MEDIOS MAGNÉTICOS-COLOMBIA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS-COLOMBIA Clasificación: 343.052 044 Derecho militar, tributario, mercartil, industrial - Impuesto de renta Resumen:
A Legis Editores S.A., le complace entregar la undécima edición de la publicación Medios Magnéticos presentación de la información tributaria, constituyéndose en una herramienta didáctica para la preparación y presentación de la información exógena correspondiente a/ año gravable 2021, que debe ser reportada a través de los servicios informáticos de la DIAN, haciendo uso del instrumento de firma electrónica, IFE.
La presente edición ha sido actualizada con la Resolución 98 de 28 de octubre de 2020, modificada y adicionada parcialmente por la Resolución 147 de diciembre 7 de 2021, normas que contienen las exigencias técnicas y la forma de preparar y presentar la información en medios magnéticos; también incluye sinopsis de los obligados, ejemplos prácticos, diligenciamiento de los diferentes formatos para el reporte de la información y las principales modificaciones en la forma de presentar la información.
Entre las principales modificaciones en la información exógena del año 2021, tenemos: se incluyen dentro de los sujetos obligados a presentar información exógena por el año gravable 2021, a las entidades que otorgan, cancelan o suspendan personerías jurídicas; se precisa que para la entrega de la información por las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales, se deberá enviar a la DIAN, la relación anual de pagos de todos los contratos vigentes en el año gravable con cargo a estos convenios; se adiciona al reporte anual de la información de los fondos de cesantías, el valor de los retiros en período correspondientes a cesantías acumuladas a los años 2016, 2017 y siguientes y el valor de las cesantías acumuladas hasta el año 2016 a 31 diciembre del año a reportar, y el valor cesantías acumuladas del año 2017 y Siguientes a 31 de diciembre del año a reportar; se modifica el valor a reportar por acciones, aportes o derechos sociales poseídos en cualquier clase de sociedad o entidades, que correspondan al valor total de la inversión, aporte o derecho social efectuada y acumulada a 31 de diciembre del año a reportar; se efectuaron cambios en los requerimientos para la información del saldo de los pasivos y de los deudores de créditos activos, y en la información de las declaraciones tributarias, se deberán suministrar los valores correspondientes a inversiones realizadas por sociedades Zomac, megainversionistas, sociedades de economía naranja y sociedades que desarrollan actividades del campo colombiano.
La presente edición fue elaborada por Claudia Janeth González Muñoz, redactora de la Unidad de Información Jurídica, bajo la dirección de Natacha Mariú Alvear Aragón, jefe de la Unidad Tributaria. Los contenidos relativos a los ejercicios y formatos fueron elaborados por la firma Baker Tilly Tax SAS.
Nota de contenido:
. ÍNDICE GENERAL.
PRIMERA PARTE. Aspectos generales de la obligación a informar.
· CAPÍTULO ÚNICO. Deber de informar.
SEGUNDA PARTE. Información para estudios y cruces de información (E.T., art. 631; DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO I. Obligados.
· CAPÍTULO II. Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.
· CAPÍTULO III. Información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente practicadas.
· Formato sobre información de ingresos y retenciones por rentas de trabajo y de pensiones.
· CAPÍTULO IV. Información de retenciones en la fuente que le practicaron.
· CAPÍTULO V. Información de ingresos recibidos en el año.
· CAPÍTULO VI. Información del impuesto sobre las ventas descontable y del impuesto sobre las ventas generado e impuesto nacional al consumo.
· Impuestos descontables.
· Impuesto generado y/o impuesto nacional al consumo.
· CAPÍTULO VII. Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre.
· CAPÍTULO VIII. Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre.
· CAPÍTULO IX. Información de descuentos tributarios e ingresos no constitutivos de renta (E.T., art. 631, lits. d) y K)).
· CAPÍTULO X. Información de las declaraciones tributarias (E.T., art. 631, lit. K)).
· CAPÍTULO XI. Contratos de colaboración empresarial.
· Información de consorcios y uniones temporales.
· Información de contratos para exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales.
· Información de contratos de mandato o de administración delegada.
· Información de contratos de joint venture.
· Información de cuentas en participación.
· Información de los contratos de los convenios de cooperación con entidades públicas.
· CAPÍTULO XII. Obligados a presentar estados financieros consolidados (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO XIII. Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia, ECE (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO XIV. Información de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.
· CAPÍTULO XV. Información de ingresos recibidos para terceros.
· CAPÍTULO XVI. Plazos.
· CAPÍTULO XVII. Información contable y fiscal para la realización de los formatos de información exógena (DIAN, Res. 98/2020).
TERCERA PARTE. Información que deben reportar las entidades financieras.
· CAPÍTULO ÚNICO. Entidades vigiladas por la superintendencia financiera (DIAN, Res. 98 oct. 28/2020).
· Bolsas de valores y comisionistas de bolsa.
· Información de las sociedades fiduciarias.
· Sociedad administradora del depósito centralizado de valores (Deceval).
· Fondo de cesantías.
· Cuentas de ahorro para el fomento de la construcción, AFC, y cuentas de ahorro voluntario contractual, AVC.
CUARTA PARTE. Información que deben reportar otros obligados.
· CAPÍTULO ÚNICO. Cámaras de comercio (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Registraduría Nacional del Estado civil (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Notarios (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Personas o entidades que elaboren facturas o documentos equivalentes (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020)
QUINTA PARTE. Información para efectos de control tributario.
· CAPÍTULO ÚNICO. Obligados
· Información de registro catastral, del impuesto predial unificado, del impuesto unificado de vehiculos y del impuesto de industria, comercio y tableros, y resoluciones administrativas relacionadas con obligaciones tributarias del orden municipal o distrital.
· Entidades que otorgan, cancelan o suspenden personerías jurídicas.
SEXTA PARTE. Información de convenios de cooperación y asistencia técnica (L. 863/2003, art. 58;DUR. 1625/2016, art. 1.6.1.28.1; DIAN, Res. 98, oct. 28/2020)
· CAPÍTULO ÚNICO. Obligados.
SÉPTIMA PARTE. Información de mujeres trabajadoras víctimas de la violencia comprobada.
· CAPÍTULO I. Obligados.
· Información de donaciones efectuadas a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen especial.
· CAPÍTULO II. Obligados.
· Información de no causación del impuesto Nacional al carbono
· CAPÍTULO III. Obligados.
OCTAVA PARTE. Plazos para la entrega de la información.
· CAPÍTULO ÚNICO. Plazos.
NOVENA PARTE. Control a la obligación de informar.
· CAPÍTULO ÚNICO. Finalidad de la fiscalización y procedimiento para la imposición de la sanción.
DÉCIMA PARTE. Sistemas técnicos de control de la DIAN.
· CAPÍTULO I. Información de quienes prestan el servicio de sacrificio de animales (DIAN, Res. 12889/2007; Res. 3460/2008).
· CAPÍTULO II. Información para el sector de curtiembres (DIAN, Res. 132/2015; Res. 30/2016).
DÉCIMO PRIMERA PARTE. Convenios de intercambio de información tributaria.
· CAPÍTULO I. Intercambio de información por la convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal.
· CAPÍTULO II. Intercambio de información por acuerdo con el gobierno de los Estados Unidos de América.
· Implementación del intercambio automático para las instituciones financieras.
DÉCIMO SEGUNDA PARTE. Disposiciones normativas.
DÉCIMO TERCERA PARTE. Información complementaria para el diligenciamiento de formatos.
DÉCIMO CUARTA PARTE.
Medios magnéticos = 2023 : Presentación de la información tributaria [texto impreso] / Alvear Aragón, Natacha Mariú, Autor ; José Antonio Currea Díaz, Editor comercial ; Martha Penen Lastra, Editor comercial . - 12 ed. . - Bogotá [Colombia] : Legis Editores, 2023 . - 364 p. : il.: blanco y negro ; 27 cm.
ISBN : 978-958-797-371-6
Cuadros,gráficos
Idioma : Español (spa)
Etiquetas: IMPUESTOS MEDIOS MAGNÉTICOS-COLOMBIA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS-COLOMBIA Clasificación: 343.052 044 Derecho militar, tributario, mercartil, industrial - Impuesto de renta Resumen:
A Legis Editores S.A., le complace entregar la undécima edición de la publicación Medios Magnéticos presentación de la información tributaria, constituyéndose en una herramienta didáctica para la preparación y presentación de la información exógena correspondiente a/ año gravable 2021, que debe ser reportada a través de los servicios informáticos de la DIAN, haciendo uso del instrumento de firma electrónica, IFE.
La presente edición ha sido actualizada con la Resolución 98 de 28 de octubre de 2020, modificada y adicionada parcialmente por la Resolución 147 de diciembre 7 de 2021, normas que contienen las exigencias técnicas y la forma de preparar y presentar la información en medios magnéticos; también incluye sinopsis de los obligados, ejemplos prácticos, diligenciamiento de los diferentes formatos para el reporte de la información y las principales modificaciones en la forma de presentar la información.
Entre las principales modificaciones en la información exógena del año 2021, tenemos: se incluyen dentro de los sujetos obligados a presentar información exógena por el año gravable 2021, a las entidades que otorgan, cancelan o suspendan personerías jurídicas; se precisa que para la entrega de la información por las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales, se deberá enviar a la DIAN, la relación anual de pagos de todos los contratos vigentes en el año gravable con cargo a estos convenios; se adiciona al reporte anual de la información de los fondos de cesantías, el valor de los retiros en período correspondientes a cesantías acumuladas a los años 2016, 2017 y siguientes y el valor de las cesantías acumuladas hasta el año 2016 a 31 diciembre del año a reportar, y el valor cesantías acumuladas del año 2017 y Siguientes a 31 de diciembre del año a reportar; se modifica el valor a reportar por acciones, aportes o derechos sociales poseídos en cualquier clase de sociedad o entidades, que correspondan al valor total de la inversión, aporte o derecho social efectuada y acumulada a 31 de diciembre del año a reportar; se efectuaron cambios en los requerimientos para la información del saldo de los pasivos y de los deudores de créditos activos, y en la información de las declaraciones tributarias, se deberán suministrar los valores correspondientes a inversiones realizadas por sociedades Zomac, megainversionistas, sociedades de economía naranja y sociedades que desarrollan actividades del campo colombiano.
La presente edición fue elaborada por Claudia Janeth González Muñoz, redactora de la Unidad de Información Jurídica, bajo la dirección de Natacha Mariú Alvear Aragón, jefe de la Unidad Tributaria. Los contenidos relativos a los ejercicios y formatos fueron elaborados por la firma Baker Tilly Tax SAS.
Nota de contenido:
. ÍNDICE GENERAL.
PRIMERA PARTE. Aspectos generales de la obligación a informar.
· CAPÍTULO ÚNICO. Deber de informar.
SEGUNDA PARTE. Información para estudios y cruces de información (E.T., art. 631; DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO I. Obligados.
· CAPÍTULO II. Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.
· CAPÍTULO III. Información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente practicadas.
· Formato sobre información de ingresos y retenciones por rentas de trabajo y de pensiones.
· CAPÍTULO IV. Información de retenciones en la fuente que le practicaron.
· CAPÍTULO V. Información de ingresos recibidos en el año.
· CAPÍTULO VI. Información del impuesto sobre las ventas descontable y del impuesto sobre las ventas generado e impuesto nacional al consumo.
· Impuestos descontables.
· Impuesto generado y/o impuesto nacional al consumo.
· CAPÍTULO VII. Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre.
· CAPÍTULO VIII. Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre.
· CAPÍTULO IX. Información de descuentos tributarios e ingresos no constitutivos de renta (E.T., art. 631, lits. d) y K)).
· CAPÍTULO X. Información de las declaraciones tributarias (E.T., art. 631, lit. K)).
· CAPÍTULO XI. Contratos de colaboración empresarial.
· Información de consorcios y uniones temporales.
· Información de contratos para exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales.
· Información de contratos de mandato o de administración delegada.
· Información de contratos de joint venture.
· Información de cuentas en participación.
· Información de los contratos de los convenios de cooperación con entidades públicas.
· CAPÍTULO XII. Obligados a presentar estados financieros consolidados (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO XIII. Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia, ECE (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO XIV. Información de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.
· CAPÍTULO XV. Información de ingresos recibidos para terceros.
· CAPÍTULO XVI. Plazos.
· CAPÍTULO XVII. Información contable y fiscal para la realización de los formatos de información exógena (DIAN, Res. 98/2020).
TERCERA PARTE. Información que deben reportar las entidades financieras.
· CAPÍTULO ÚNICO. Entidades vigiladas por la superintendencia financiera (DIAN, Res. 98 oct. 28/2020).
· Bolsas de valores y comisionistas de bolsa.
· Información de las sociedades fiduciarias.
· Sociedad administradora del depósito centralizado de valores (Deceval).
· Fondo de cesantías.
· Cuentas de ahorro para el fomento de la construcción, AFC, y cuentas de ahorro voluntario contractual, AVC.
CUARTA PARTE. Información que deben reportar otros obligados.
· CAPÍTULO ÚNICO. Cámaras de comercio (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Registraduría Nacional del Estado civil (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Notarios (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Personas o entidades que elaboren facturas o documentos equivalentes (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020)
QUINTA PARTE. Información para efectos de control tributario.
· CAPÍTULO ÚNICO. Obligados
· Información de registro catastral, del impuesto predial unificado, del impuesto unificado de vehiculos y del impuesto de industria, comercio y tableros, y resoluciones administrativas relacionadas con obligaciones tributarias del orden municipal o distrital.
· Entidades que otorgan, cancelan o suspenden personerías jurídicas.
SEXTA PARTE. Información de convenios de cooperación y asistencia técnica (L. 863/2003, art. 58;DUR. 1625/2016, art. 1.6.1.28.1; DIAN, Res. 98, oct. 28/2020)
· CAPÍTULO ÚNICO. Obligados.
SÉPTIMA PARTE. Información de mujeres trabajadoras víctimas de la violencia comprobada.
· CAPÍTULO I. Obligados.
· Información de donaciones efectuadas a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen especial.
· CAPÍTULO II. Obligados.
· Información de no causación del impuesto Nacional al carbono
· CAPÍTULO III. Obligados.
OCTAVA PARTE. Plazos para la entrega de la información.
· CAPÍTULO ÚNICO. Plazos.
NOVENA PARTE. Control a la obligación de informar.
· CAPÍTULO ÚNICO. Finalidad de la fiscalización y procedimiento para la imposición de la sanción.
DÉCIMA PARTE. Sistemas técnicos de control de la DIAN.
· CAPÍTULO I. Información de quienes prestan el servicio de sacrificio de animales (DIAN, Res. 12889/2007; Res. 3460/2008).
· CAPÍTULO II. Información para el sector de curtiembres (DIAN, Res. 132/2015; Res. 30/2016).
DÉCIMO PRIMERA PARTE. Convenios de intercambio de información tributaria.
· CAPÍTULO I. Intercambio de información por la convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal.
· CAPÍTULO II. Intercambio de información por acuerdo con el gobierno de los Estados Unidos de América.
· Implementación del intercambio automático para las instituciones financieras.
DÉCIMO SEGUNDA PARTE. Disposiciones normativas.
DÉCIMO TERCERA PARTE. Información complementaria para el diligenciamiento de formatos.
DÉCIMO CUARTA PARTE.
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Título : Medios magnéticos : Presentación de la información tributaria Tipo de documento: texto impreso Autores: Alvear, Natacha Mariu, Autor ; Rodríguez, Carlos Giovanni, Autor ; Martínez, Andrea Carolina, Autor ; González Muñoz, Claudia Janeth, Mención de edición: 6 ed. Editorial: Bogotá [Colombia] : Legis Fecha de publicación: 2017 Número de páginas: 328 p. Il.: il. : blanco y negro Dimensiones: 26 cm. ISBN/ISSN/DL: 978-958-767-583-2 Nota general: Cuadros,gráficos Idioma : Español (spa) Clasificación: 4 Ciencias sociales y humanas Etiquetas: IMPUESTOS MEDIOS MAGNÉTICOS - COLOMBIA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS - COLOMBIA. Clasificación: 343.052 044 Derecho militar, tributario, mercartil, industrial - Impuesto de renta Resumen: Legis Editores S.A, se complace en entregar la quinta edición de la publicación Medios magnéticos 2017 presentación de la información tributaria, constituyéndose en una herramienta didáctica para la preparación y presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2016, que debe ser reportada a través de los servicios informáticos de la DIAN.
La presente edición ha sido actualizada con la Resolución 220 de 31 de octubre de 2014, modificada parcialmente por las resoluciones 111 de 29 de octubre de 2015, 78 del 22 de julio de 2015 y 24 del 8 de marzo de 2016, que contienen las exigencias técnicas y la forma de preparar y presentar la información en medios magnéticos año gravable 2016, además de los nuevos plazos. También incluye sinopsis de los obligados, ejemplos prácticos y el diligenciamiento de los diferentes formatos para el reporte de la información.
Entre las principales modificaciones en la información exógena del año 2016, tenemos nuevos sujetos obligados a presentar la información: la Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores, Deceval; los fondos de pensiones obligatorias y fondos de pensiones, jubilación e invalidez; las alcaldías, los distritos y las gobernaciones; las personas naturales o jurídicas o entidades que efectúen pagos a las personas naturales clasificadas en la categoría de empleados; las personas naturales y asimiladas o jurídicas y asimiladas, informarán por la compra de bonos electrónicos o papel de servicio, cheques o vales; los empleadores que soliciten descuento tributario por ocupar trabajadoras mujeres víctimas de la violencia comprobada, entre otros. Así mismo, la Resolución 220 de 2014, reduce las cuantías para el reporte de la información de consumos de tarjetas de crédito; de ventas a través del sistema de tarjetas de crédito; información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados; información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente practicadas.
Contiene 65 ayudas prácticas y 62 ejemplos.Nota de contenido:
I. ÍNDICE GENERAL.
PRIMERA PARTE. Aspectos generales de la obligación a informar.
CAPÍTULO I. Deber de informar.
SEGUNDA PARTE. Información para estudios y cruces de información (E.T., art. 631).
CAPÍTULO I. Obligados.
CAPÍTULO II. Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.
CAPÍTULO III. Información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente practicadas.
CAPÍTULO IV. Información de retenciones en la fuente que le practicaron.
CAPÍTULO V. Información de ingresos recibidos en el año.
CAPÍTULO VI. Información del impuesto sobre las ventas descontable y del impuesto sobre las ventas generado e impuesto nacional al consumo. Impuestos descontables.
Impuesto generado y/o impuesto nacional al consumo.
CAPÍTULO VII. Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre de 2016.
CAPÍTULO VIII. Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre de 2016.
CAPÍTULO IX. Información de los descuentos tributarios.
CAPÍTULO X. Información de las declaraciones tributarias.
CAPÍTULO XI. Información de consorcios y uniones temporales.
CAPÍTULO XII. Información de contratos para exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales.
CAPÍTULO XIII. Información de contratos de mandato o de administración delegada.
CAPÍTULO XIV. Información adicional de las sociedades fiduciarias.
CAPÍTULO XV. Información de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.
CAPÍTULO XVI. Información de ingresos recibidos para terceros.
CAPÍTULO XVII. Plazos.
CAPÍTULO XVIII. Información contable y fiscal para la realización de los formatos de información exógena, Resolución 112/2015; Resolución 84/2016.
TERCERA PARTE. Información que deben reportar otros obligados.
CAPÍTULO I. Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y algunas entidades solidarias.
Información a reportar anualmente.
Cámaras de comercio.
Bolsas de valores y comisionistas de bolsa.
Registraduría Nacional del Estado Civil.
Notarios.
Personas o entidades que elaboren facturas o documentos equivalentes.
Grupos empresariales.
CUARTA PARTE. Información para efectos de control tributario. Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores. (Deceval).
Fondos de cesantías.
Impuesto predial, el impuesto de vehículos y el impuesto de industria, comercio, avisos y tableros.
Compra de bonos electrónicos o papel de servicio, cheques o vales para beneficio de los trabajadores.
QUINTA PARTE.Información de convenios de cooperación y asistencia técnica.
CAPÍTULO I. Obligados.
SEXTA PARTE. Información de trabajadoras mujeres víctimas de la violencia comprobada.
SÉPTIMA PARTE. Plazos para la entrega de la información.
CAPÍTULO ÚNICO.
OCTAVA PARTE.Control a la obligación a informar.
CAPÍTULO ÚNICO. Finalidad de la fiscalización y procedimiento para la imposición de la sanción.
NOVENA PARTE. Disposiciones normativas.
DÉCIMA PARTE. Información complementaria para el diligenciamiento de los formatos.
UNDÉCIMA PARTE. Suplemento.Medios magnéticos : Presentación de la información tributaria [texto impreso] / Alvear, Natacha Mariu, Autor ; Rodríguez, Carlos Giovanni, Autor ; Martínez, Andrea Carolina, Autor ; González Muñoz, Claudia Janeth, . - 6 ed. . - Bogotá [Colombia] : Legis, 2017 . - 328 p. : il. : blanco y negro ; 26 cm.
ISBN : 978-958-767-583-2
Cuadros,gráficos
Idioma : Español (spa)
Clasificación: 4 Ciencias sociales y humanas Etiquetas: IMPUESTOS MEDIOS MAGNÉTICOS - COLOMBIA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS - COLOMBIA. Clasificación: 343.052 044 Derecho militar, tributario, mercartil, industrial - Impuesto de renta Resumen: Legis Editores S.A, se complace en entregar la quinta edición de la publicación Medios magnéticos 2017 presentación de la información tributaria, constituyéndose en una herramienta didáctica para la preparación y presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2016, que debe ser reportada a través de los servicios informáticos de la DIAN.
La presente edición ha sido actualizada con la Resolución 220 de 31 de octubre de 2014, modificada parcialmente por las resoluciones 111 de 29 de octubre de 2015, 78 del 22 de julio de 2015 y 24 del 8 de marzo de 2016, que contienen las exigencias técnicas y la forma de preparar y presentar la información en medios magnéticos año gravable 2016, además de los nuevos plazos. También incluye sinopsis de los obligados, ejemplos prácticos y el diligenciamiento de los diferentes formatos para el reporte de la información.
Entre las principales modificaciones en la información exógena del año 2016, tenemos nuevos sujetos obligados a presentar la información: la Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores, Deceval; los fondos de pensiones obligatorias y fondos de pensiones, jubilación e invalidez; las alcaldías, los distritos y las gobernaciones; las personas naturales o jurídicas o entidades que efectúen pagos a las personas naturales clasificadas en la categoría de empleados; las personas naturales y asimiladas o jurídicas y asimiladas, informarán por la compra de bonos electrónicos o papel de servicio, cheques o vales; los empleadores que soliciten descuento tributario por ocupar trabajadoras mujeres víctimas de la violencia comprobada, entre otros. Así mismo, la Resolución 220 de 2014, reduce las cuantías para el reporte de la información de consumos de tarjetas de crédito; de ventas a través del sistema de tarjetas de crédito; información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados; información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente practicadas.
Contiene 65 ayudas prácticas y 62 ejemplos.Nota de contenido:
I. ÍNDICE GENERAL.
PRIMERA PARTE. Aspectos generales de la obligación a informar.
CAPÍTULO I. Deber de informar.
SEGUNDA PARTE. Información para estudios y cruces de información (E.T., art. 631).
CAPÍTULO I. Obligados.
CAPÍTULO II. Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.
CAPÍTULO III. Información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente practicadas.
CAPÍTULO IV. Información de retenciones en la fuente que le practicaron.
CAPÍTULO V. Información de ingresos recibidos en el año.
CAPÍTULO VI. Información del impuesto sobre las ventas descontable y del impuesto sobre las ventas generado e impuesto nacional al consumo. Impuestos descontables.
Impuesto generado y/o impuesto nacional al consumo.
CAPÍTULO VII. Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre de 2016.
CAPÍTULO VIII. Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre de 2016.
CAPÍTULO IX. Información de los descuentos tributarios.
CAPÍTULO X. Información de las declaraciones tributarias.
CAPÍTULO XI. Información de consorcios y uniones temporales.
CAPÍTULO XII. Información de contratos para exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales.
CAPÍTULO XIII. Información de contratos de mandato o de administración delegada.
CAPÍTULO XIV. Información adicional de las sociedades fiduciarias.
CAPÍTULO XV. Información de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.
CAPÍTULO XVI. Información de ingresos recibidos para terceros.
CAPÍTULO XVII. Plazos.
CAPÍTULO XVIII. Información contable y fiscal para la realización de los formatos de información exógena, Resolución 112/2015; Resolución 84/2016.
TERCERA PARTE. Información que deben reportar otros obligados.
CAPÍTULO I. Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y algunas entidades solidarias.
Información a reportar anualmente.
Cámaras de comercio.
Bolsas de valores y comisionistas de bolsa.
Registraduría Nacional del Estado Civil.
Notarios.
Personas o entidades que elaboren facturas o documentos equivalentes.
Grupos empresariales.
CUARTA PARTE. Información para efectos de control tributario. Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores. (Deceval).
Fondos de cesantías.
Impuesto predial, el impuesto de vehículos y el impuesto de industria, comercio, avisos y tableros.
Compra de bonos electrónicos o papel de servicio, cheques o vales para beneficio de los trabajadores.
QUINTA PARTE.Información de convenios de cooperación y asistencia técnica.
CAPÍTULO I. Obligados.
SEXTA PARTE. Información de trabajadoras mujeres víctimas de la violencia comprobada.
SÉPTIMA PARTE. Plazos para la entrega de la información.
CAPÍTULO ÚNICO.
OCTAVA PARTE.Control a la obligación a informar.
CAPÍTULO ÚNICO. Finalidad de la fiscalización y procedimiento para la imposición de la sanción.
NOVENA PARTE. Disposiciones normativas.
DÉCIMA PARTE. Información complementaria para el diligenciamiento de los formatos.
UNDÉCIMA PARTE. Suplemento.Ejemplares (3)
Código de barras Signatura Ubicación Sección Tipo de medio Estado Estante 0025605 343.052 044/M489 Ej.01 Biblioteca Central Colección general Libro Disponible 0025606 343.052 044/M489 Ej.02 Biblioteca Central Colección general Libro Disponible 0025607 343.052 044/M489 Ej.03 Biblioteca Central Colección general Libro Disponible
Título : Medios magnéticos : Presentación de la información tributaria Tipo de documento: texto impreso Autores: Alvear, Natacha Mariu ; González Muñoz, Claudia Janeth, ; Natacha Mariú Alvear Aragón, Mención de edición: 8 ed Editorial: Bogotá [Colombia] : Legis Fecha de publicación: 2019 Número de páginas: 293 p. Dimensiones: 27 cm. Nota general: Cuadros,gráficos Idioma : Español (spa) Etiquetas: IMPUESTOS MEDIOS MAGNÉTICOS - COLOMBIA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS - COLOMBIA. Clasificación: 343.052 044 Derecho militar, tributario, mercartil, industrial - Impuesto de renta Resumen: A LEGIS EDITORES S.A., le complace entregar la octava edición de la publicación Medios magnéticos presentación de la información tributaria, constituyéndose en una herramienta didáctica para la preparación y presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2018, que debe ser reportada a través de los servicios informáticos de la DIAN, haciendo uso del instrumento de firma electrónica, IFE.
La presente edición ha sido actualizada con la Resolución 60 de 30 de octubre de 2017, modificada parcialmente por la Resolución 45 de 22 de agosto de 2018, que contiene las exigencias técnicas y la forma de preparar y presentar la información en medios magnéticos año gravable 2018, también incluye sinopsis de los obligados, ejemplos prácticos, diligenciamiento de los diferentes formatos para el reporte de la información y las principales modificaciones en la forma de presentar la información.Nota de contenido: II. ÍNDICE GENERAL.
PRIMERA PARTE. Aspectos generales de la obligación a informar.
CAPÍTULO ÚNICO. Deber de informar.
SEGUNDA PARTE. Información para estudios y cruces de información (e.t., art. 631; Dian, res. 60, oct. 30/2017; res. 45, ago. 22/2018)
CAPÍTULO I. Obligados.
CAPÍTULO II.Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.
CAPÍTULO III. Información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente
practicadas.
CAPÍTULO IV. Información de retenciones en la fuente que le practicaron.
CAPÍTULO V. Información de ingresos recibidos en el año.
CAPÍTULO VI. Información del impuesto sobre las ventas descontables y del impuesto sobre las ventas generado e impuesto nacional al consumo.
CAPÍTULO VII. Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre de 2018.
ICAPÍTULO VIII. Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre de 2018.
CAPÍTULO IX. Información por tercero (E.T., art. 631, lits. d y k).
CAPÍTULO X. Información de las declaraciones tributarias (E.T., art. 631, lit. K).
CAPÍTULO XI. Contratos de colaboración empresarial.
CAPÍTULO XII. Información de beneficiarios efectivos (E.T., art. 631, lits. n y o).
CAPÍTULO XIII. Grupos económicos y/o empresariales (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018.
CAPÍTULO XIV. Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia, ECE (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018.
CAPÍTULO XV. Información de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.
CAPÍTULO XVI. Información de ingresos recibidos para terceros.
CAPÍTULO XVII. Plazos.
CAPÍTULO XVIII. Información contable y fiscal para la realización de los formatos de información exógena (DIAN, Res. 60/2017; Res. 45/2018).
TERCERA PARTE. Información que deben reportar las entidades financieras.
CAPÍTULO ÚNICO. Entidades vigiladas por la superintendencia financiera (DIAN, Res. 60/2017; Res. 45/2018).
CUARTA PARTE. Información que deben reportar otros obligados.
CAPÍTULO ÚNICO. Cámaras de comercio (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017).
QUINTA PARTE. Información para efectos de control tributario.
CAPÍTULO ÚNICO. ¿Cuál es la información solicitada según el artículo 631-3 del estatuto tributario?...
SEXTA PARTE. Información de convenios de cooperación y asistencia técnica.
CAPÍTULO ÚNICO. OBLIGADOS. (L. 863/2003, art. 58; DUR. 1625/2016, art. 1.6.1.28.1; DIAN, Res. 60, Oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018).
SÉPTIMA PARTE. Información de trabajadoras mujeres víctimas de la violencia comprobada.
CAPÍTULO ÚNICO.
OCTAVA PARTE. Plazos para la entrega de la información.
CAPÍTULO ÚNICO.
NOVENA PARTE. Control a la obligación de informar.
CAPÍTULO ÚNICO. Finalidad de la fiscalización y procedimiento para la imposición de la sanción.
DÉCIMA PARTE. Sistemas técnicos de control de la Dian.
CAPÍTULO I. Información de quienes prestan el servicio de sacrificio de animales (DIAN, Res. 12889/2007; Res. 3460/2008).
CAPÍTULO II. Información para el sector de curtiembres (DIAN, Res. 132/2015; Res. 30/2016).
DÉCIMO PRIMERA PARTE. Convenios de intercambio de información tributaria.
CAPÍTULO I. ntercambio de información por la convención sobre asistencia
administrativa mutua en materia fiscal.
CAPÍTULO II. Intercambio de información por acuerdo con el gobierno de los estados unidos de américa.
DÉCIMO SEGUNDA PARTE. Disposiciones normativas.
DÉCIMO TERCERA PARTE. Información complementaria para el diligenciamiento de formatos.Medios magnéticos : Presentación de la información tributaria [texto impreso] / Alvear, Natacha Mariu ; González Muñoz, Claudia Janeth, ; Natacha Mariú Alvear Aragón, . - 8 ed . - Bogotá [Colombia] : Legis, 2019 . - 293 p. ; 27 cm.
Cuadros,gráficos
Idioma : Español (spa)
Etiquetas: IMPUESTOS MEDIOS MAGNÉTICOS - COLOMBIA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS - COLOMBIA. Clasificación: 343.052 044 Derecho militar, tributario, mercartil, industrial - Impuesto de renta Resumen: A LEGIS EDITORES S.A., le complace entregar la octava edición de la publicación Medios magnéticos presentación de la información tributaria, constituyéndose en una herramienta didáctica para la preparación y presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2018, que debe ser reportada a través de los servicios informáticos de la DIAN, haciendo uso del instrumento de firma electrónica, IFE.
La presente edición ha sido actualizada con la Resolución 60 de 30 de octubre de 2017, modificada parcialmente por la Resolución 45 de 22 de agosto de 2018, que contiene las exigencias técnicas y la forma de preparar y presentar la información en medios magnéticos año gravable 2018, también incluye sinopsis de los obligados, ejemplos prácticos, diligenciamiento de los diferentes formatos para el reporte de la información y las principales modificaciones en la forma de presentar la información.Nota de contenido: II. ÍNDICE GENERAL.
PRIMERA PARTE. Aspectos generales de la obligación a informar.
CAPÍTULO ÚNICO. Deber de informar.
SEGUNDA PARTE. Información para estudios y cruces de información (e.t., art. 631; Dian, res. 60, oct. 30/2017; res. 45, ago. 22/2018)
CAPÍTULO I. Obligados.
CAPÍTULO II.Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.
CAPÍTULO III. Información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente
practicadas.
CAPÍTULO IV. Información de retenciones en la fuente que le practicaron.
CAPÍTULO V. Información de ingresos recibidos en el año.
CAPÍTULO VI. Información del impuesto sobre las ventas descontables y del impuesto sobre las ventas generado e impuesto nacional al consumo.
CAPÍTULO VII. Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre de 2018.
ICAPÍTULO VIII. Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre de 2018.
CAPÍTULO IX. Información por tercero (E.T., art. 631, lits. d y k).
CAPÍTULO X. Información de las declaraciones tributarias (E.T., art. 631, lit. K).
CAPÍTULO XI. Contratos de colaboración empresarial.
CAPÍTULO XII. Información de beneficiarios efectivos (E.T., art. 631, lits. n y o).
CAPÍTULO XIII. Grupos económicos y/o empresariales (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018.
CAPÍTULO XIV. Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia, ECE (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018.
CAPÍTULO XV. Información de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.
CAPÍTULO XVI. Información de ingresos recibidos para terceros.
CAPÍTULO XVII. Plazos.
CAPÍTULO XVIII. Información contable y fiscal para la realización de los formatos de información exógena (DIAN, Res. 60/2017; Res. 45/2018).
TERCERA PARTE. Información que deben reportar las entidades financieras.
CAPÍTULO ÚNICO. Entidades vigiladas por la superintendencia financiera (DIAN, Res. 60/2017; Res. 45/2018).
CUARTA PARTE. Información que deben reportar otros obligados.
CAPÍTULO ÚNICO. Cámaras de comercio (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017).
QUINTA PARTE. Información para efectos de control tributario.
CAPÍTULO ÚNICO. ¿Cuál es la información solicitada según el artículo 631-3 del estatuto tributario?...
SEXTA PARTE. Información de convenios de cooperación y asistencia técnica.
CAPÍTULO ÚNICO. OBLIGADOS. (L. 863/2003, art. 58; DUR. 1625/2016, art. 1.6.1.28.1; DIAN, Res. 60, Oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018).
SÉPTIMA PARTE. Información de trabajadoras mujeres víctimas de la violencia comprobada.
CAPÍTULO ÚNICO.
OCTAVA PARTE. Plazos para la entrega de la información.
CAPÍTULO ÚNICO.
NOVENA PARTE. Control a la obligación de informar.
CAPÍTULO ÚNICO. Finalidad de la fiscalización y procedimiento para la imposición de la sanción.
DÉCIMA PARTE. Sistemas técnicos de control de la Dian.
CAPÍTULO I. Información de quienes prestan el servicio de sacrificio de animales (DIAN, Res. 12889/2007; Res. 3460/2008).
CAPÍTULO II. Información para el sector de curtiembres (DIAN, Res. 132/2015; Res. 30/2016).
DÉCIMO PRIMERA PARTE. Convenios de intercambio de información tributaria.
CAPÍTULO I. ntercambio de información por la convención sobre asistencia
administrativa mutua en materia fiscal.
CAPÍTULO II. Intercambio de información por acuerdo con el gobierno de los estados unidos de américa.
DÉCIMO SEGUNDA PARTE. Disposiciones normativas.
DÉCIMO TERCERA PARTE. Información complementaria para el diligenciamiento de formatos.Ejemplares (3)
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Título : Medios magnéticos : Presentación de la información tributaria Tipo de documento: texto impreso Autores: Alvear, Natacha Mariu ; González Muñoz, Claudia Janeth, ; Natacha Mariú Alvear Aragón, Mención de edición: 9 ed. Editorial: Bogotá [Colombia] : Legis Fecha de publicación: 2020 Número de páginas: 293 p. Dimensiones: 27 cm. ISBN/ISSN/DL: 978-958-767-987-8 Nota general: Cuadros,gráficos Idioma : Español (spa) Etiquetas: IMPUESTOS MEDIOS MAGNÉTICOS - COLOMBIA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS - COLOMBIA. Clasificación: 343.052 044 Derecho militar, tributario, mercartil, industrial - Impuesto de renta Resumen:
A Legis Editores S.A., le complace entregar la novena edición de la publicación Medios Magnéticos presentación de la información tributaria, constituyéndose en una herramienta didáctica para la preparación y presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2019, que debe ser reportada a través de los servicios informáticos de la DIAN, haciendo uso del instrumento de firma electrónica, IFE.
La presente edioión ha sido actualizada con la Resolución 11004 de 29 de octubre de 2018 (modificada parcialmente por la Resolución 8 del 31 de enero de 2020), que contiene las exigencias técnicas y la forma de preparar y presentar la información en medios magnéticos año gravable 2019, también incluye sinopsis de los obligados, ejemplos prácticos, diligenciamiento de los diferentes formatos para el reporte de la información y las principales modificaciones en la forma de presentar la información.
Entre las principales modificaciones en la información exógena del año 2019, tenemos como nuevos sujetos obligados a presentar información a los responsables del impuesto nacional al carbono y a las entidades que no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y no deben cumplir el deber formal de presentar declaración de ingresos y patrimonio; cambios en las especificaciones en la información a suministrar por los notarios, de los actos y negocios sujetos a registro; se informan las resoluciones administrativas relacionadas con obligaciones tributarias del orden municipal o distrital; y modificación en la información suministrada por los beneficiarios efectivos y grupos económicos, entre otros.
La Ley 1943 de diciembre 28 de 2018 (Ley de financiamiento "Reforma tributaria"), realizó algunos cambios en los impuestos: de renta, impuesto sobre las ventas, nacional al consumo, y procedimiento tributario, los cuales tendrán que verse reflejados en la información por el año 2019. La Corte Constitucional, en Sentencia C-481 de octubre 16 de 2019, Exp. 0-13207, M.P. Alejandro Linares Cantillo, declaró la inexequibilidad de la mencionada ley por vicios de procedimiento en su formación. La declaratoria de inexequibilidad surté efectos a partir del 10 de enero de 2020.
Con la expedición del Decreto-Ley 2106 del 22 de noviembre de 2019, antitrámites, en materia tributaria se realizan cambios en la ratificación y notificación por parte de la administración tributaria de las actuaciones que se deriven de la liquidación provisional, con el propósito de determinar y liquidar sanciones, por el incumplimiento de las obligaciones formales.
La actualización de la publicación fue realizada por Claudia Janeth González Muñoz, redactora de la Unidad de Información Jurídica, bajo la dirección de Natacha Mariú Alvear Aragón, jefe de la Unidad Tributaria. Los contenidos relativos a los ejercicios y formatos fueron elaborados por la firma Baker Tilly Tax SAS.Nota de contenido: II. ÍNDICE GENERAL.
PRIMERA PARTE. Aspectos generales de la obligación a informar.
CAPÍTULO ÚNICO. Deber de informar.
SEGUNDA PARTE. Información para estudios y cruces de información (e.t., art. 631; Dian, res. 60, oct. 30/2017; res. 45, ago. 22/2018)
CAPÍTULO I. Obligados.
CAPÍTULO II.Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.
CAPÍTULO III. Información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente
practicadas.
CAPÍTULO IV. Información de retenciones en la fuente que le practicaron.
CAPÍTULO V. Información de ingresos recibidos en el año.
CAPÍTULO VI. Información del impuesto sobre las ventas descontables y del impuesto sobre las ventas generado e impuesto nacional al consumo.
CAPÍTULO VII. Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre de 2018.
ICAPÍTULO VIII. Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre de 2018.
CAPÍTULO IX. Información por tercero (E.T., art. 631, lits. d y k).
CAPÍTULO X. Información de las declaraciones tributarias (E.T., art. 631, lit. K).
CAPÍTULO XI. Contratos de colaboración empresarial.
CAPÍTULO XII. Información de beneficiarios efectivos (E.T., art. 631, lits. n y o).
CAPÍTULO XIII. Grupos económicos y/o empresariales (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018.
CAPÍTULO XIV. Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia, ECE (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018.
CAPÍTULO XV. Información de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.
CAPÍTULO XVI. Información de ingresos recibidos para terceros.
CAPÍTULO XVII. Plazos.
CAPÍTULO XVIII. Información contable y fiscal para la realización de los formatos de información exógena (DIAN, Res. 60/2017; Res. 45/2018).
TERCERA PARTE. Información que deben reportar las entidades financieras.
CAPÍTULO ÚNICO. Entidades vigiladas por la superintendencia financiera (DIAN, Res. 60/2017; Res. 45/2018).
CUARTA PARTE. Información que deben reportar otros obligados.
CAPÍTULO ÚNICO. Cámaras de comercio (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017).
QUINTA PARTE. Información para efectos de control tributario.
CAPÍTULO ÚNICO. ¿Cuál es la información solicitada según el artículo 631-3 del estatuto tributario?...
SEXTA PARTE. Información de convenios de cooperación y asistencia técnica.
CAPÍTULO ÚNICO. OBLIGADOS. (L. 863/2003, art. 58; DUR. 1625/2016, art. 1.6.1.28.1; DIAN, Res. 60, Oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018).
SÉPTIMA PARTE. Información de trabajadoras mujeres víctimas de la violencia comprobada.
CAPÍTULO ÚNICO.
OCTAVA PARTE. Plazos para la entrega de la información.
CAPÍTULO ÚNICO.
NOVENA PARTE. Control a la obligación de informar.
CAPÍTULO ÚNICO. Finalidad de la fiscalización y procedimiento para la imposición de la sanción.
DÉCIMA PARTE. Sistemas técnicos de control de la Dian.
CAPÍTULO I. Información de quienes prestan el servicio de sacrificio de animales (DIAN, Res. 12889/2007; Res. 3460/2008).
CAPÍTULO II. Información para el sector de curtiembres (DIAN, Res. 132/2015; Res. 30/2016).
DÉCIMO PRIMERA PARTE. Convenios de intercambio de información tributaria.
CAPÍTULO I. ntercambio de información por la convención sobre asistencia
administrativa mutua en materia fiscal.
CAPÍTULO II. Intercambio de información por acuerdo con el gobierno de los estados unidos de américa.
DÉCIMO SEGUNDA PARTE. Disposiciones normativas.
DÉCIMO TERCERA PARTE. Información complementaria para el diligenciamiento de formatos.Medios magnéticos : Presentación de la información tributaria [texto impreso] / Alvear, Natacha Mariu ; González Muñoz, Claudia Janeth, ; Natacha Mariú Alvear Aragón, . - 9 ed. . - Bogotá [Colombia] : Legis, 2020 . - 293 p. ; 27 cm.
ISBN : 978-958-767-987-8
Cuadros,gráficos
Idioma : Español (spa)
Etiquetas: IMPUESTOS MEDIOS MAGNÉTICOS - COLOMBIA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS - COLOMBIA. Clasificación: 343.052 044 Derecho militar, tributario, mercartil, industrial - Impuesto de renta Resumen:
A Legis Editores S.A., le complace entregar la novena edición de la publicación Medios Magnéticos presentación de la información tributaria, constituyéndose en una herramienta didáctica para la preparación y presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2019, que debe ser reportada a través de los servicios informáticos de la DIAN, haciendo uso del instrumento de firma electrónica, IFE.
La presente edioión ha sido actualizada con la Resolución 11004 de 29 de octubre de 2018 (modificada parcialmente por la Resolución 8 del 31 de enero de 2020), que contiene las exigencias técnicas y la forma de preparar y presentar la información en medios magnéticos año gravable 2019, también incluye sinopsis de los obligados, ejemplos prácticos, diligenciamiento de los diferentes formatos para el reporte de la información y las principales modificaciones en la forma de presentar la información.
Entre las principales modificaciones en la información exógena del año 2019, tenemos como nuevos sujetos obligados a presentar información a los responsables del impuesto nacional al carbono y a las entidades que no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y no deben cumplir el deber formal de presentar declaración de ingresos y patrimonio; cambios en las especificaciones en la información a suministrar por los notarios, de los actos y negocios sujetos a registro; se informan las resoluciones administrativas relacionadas con obligaciones tributarias del orden municipal o distrital; y modificación en la información suministrada por los beneficiarios efectivos y grupos económicos, entre otros.
La Ley 1943 de diciembre 28 de 2018 (Ley de financiamiento "Reforma tributaria"), realizó algunos cambios en los impuestos: de renta, impuesto sobre las ventas, nacional al consumo, y procedimiento tributario, los cuales tendrán que verse reflejados en la información por el año 2019. La Corte Constitucional, en Sentencia C-481 de octubre 16 de 2019, Exp. 0-13207, M.P. Alejandro Linares Cantillo, declaró la inexequibilidad de la mencionada ley por vicios de procedimiento en su formación. La declaratoria de inexequibilidad surté efectos a partir del 10 de enero de 2020.
Con la expedición del Decreto-Ley 2106 del 22 de noviembre de 2019, antitrámites, en materia tributaria se realizan cambios en la ratificación y notificación por parte de la administración tributaria de las actuaciones que se deriven de la liquidación provisional, con el propósito de determinar y liquidar sanciones, por el incumplimiento de las obligaciones formales.
La actualización de la publicación fue realizada por Claudia Janeth González Muñoz, redactora de la Unidad de Información Jurídica, bajo la dirección de Natacha Mariú Alvear Aragón, jefe de la Unidad Tributaria. Los contenidos relativos a los ejercicios y formatos fueron elaborados por la firma Baker Tilly Tax SAS.Nota de contenido: II. ÍNDICE GENERAL.
PRIMERA PARTE. Aspectos generales de la obligación a informar.
CAPÍTULO ÚNICO. Deber de informar.
SEGUNDA PARTE. Información para estudios y cruces de información (e.t., art. 631; Dian, res. 60, oct. 30/2017; res. 45, ago. 22/2018)
CAPÍTULO I. Obligados.
CAPÍTULO II.Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.
CAPÍTULO III. Información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente
practicadas.
CAPÍTULO IV. Información de retenciones en la fuente que le practicaron.
CAPÍTULO V. Información de ingresos recibidos en el año.
CAPÍTULO VI. Información del impuesto sobre las ventas descontables y del impuesto sobre las ventas generado e impuesto nacional al consumo.
CAPÍTULO VII. Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre de 2018.
ICAPÍTULO VIII. Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre de 2018.
CAPÍTULO IX. Información por tercero (E.T., art. 631, lits. d y k).
CAPÍTULO X. Información de las declaraciones tributarias (E.T., art. 631, lit. K).
CAPÍTULO XI. Contratos de colaboración empresarial.
CAPÍTULO XII. Información de beneficiarios efectivos (E.T., art. 631, lits. n y o).
CAPÍTULO XIII. Grupos económicos y/o empresariales (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018.
CAPÍTULO XIV. Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia, ECE (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018.
CAPÍTULO XV. Información de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.
CAPÍTULO XVI. Información de ingresos recibidos para terceros.
CAPÍTULO XVII. Plazos.
CAPÍTULO XVIII. Información contable y fiscal para la realización de los formatos de información exógena (DIAN, Res. 60/2017; Res. 45/2018).
TERCERA PARTE. Información que deben reportar las entidades financieras.
CAPÍTULO ÚNICO. Entidades vigiladas por la superintendencia financiera (DIAN, Res. 60/2017; Res. 45/2018).
CUARTA PARTE. Información que deben reportar otros obligados.
CAPÍTULO ÚNICO. Cámaras de comercio (DIAN, Res. 60, oct. 30/2017).
QUINTA PARTE. Información para efectos de control tributario.
CAPÍTULO ÚNICO. ¿Cuál es la información solicitada según el artículo 631-3 del estatuto tributario?...
SEXTA PARTE. Información de convenios de cooperación y asistencia técnica.
CAPÍTULO ÚNICO. OBLIGADOS. (L. 863/2003, art. 58; DUR. 1625/2016, art. 1.6.1.28.1; DIAN, Res. 60, Oct. 30/2017; Res. 45, ago. 22/2018).
SÉPTIMA PARTE. Información de trabajadoras mujeres víctimas de la violencia comprobada.
CAPÍTULO ÚNICO.
OCTAVA PARTE. Plazos para la entrega de la información.
CAPÍTULO ÚNICO.
NOVENA PARTE. Control a la obligación de informar.
CAPÍTULO ÚNICO. Finalidad de la fiscalización y procedimiento para la imposición de la sanción.
DÉCIMA PARTE. Sistemas técnicos de control de la Dian.
CAPÍTULO I. Información de quienes prestan el servicio de sacrificio de animales (DIAN, Res. 12889/2007; Res. 3460/2008).
CAPÍTULO II. Información para el sector de curtiembres (DIAN, Res. 132/2015; Res. 30/2016).
DÉCIMO PRIMERA PARTE. Convenios de intercambio de información tributaria.
CAPÍTULO I. ntercambio de información por la convención sobre asistencia
administrativa mutua en materia fiscal.
CAPÍTULO II. Intercambio de información por acuerdo con el gobierno de los estados unidos de américa.
DÉCIMO SEGUNDA PARTE. Disposiciones normativas.
DÉCIMO TERCERA PARTE. Información complementaria para el diligenciamiento de formatos.Ejemplares (2)
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Título : Medios magnéticos : Presentación de la información tributaria Tipo de documento: texto impreso Autores: José Antonio Currea Díaz, Editor comercial ; Martha Penen Lastra, Editor comercial Mención de edición: 11 ed. Editorial: Bogotá [Colombia] : Legis Editores Fecha de publicación: 2022 Número de páginas: 356 p. Il.: il., ... en blanco y negro Dimensiones: 27 cm. ISBN/ISSN/DL: 978-958-797-260-3 Precio: 79900 Nota general: Cuadros,gráficos Idioma : Español (spa) Etiquetas: IMPUESTOS MEDIOS MAGNÉTICOS-COLOMBIA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS-COLOMBIA. Clasificación: 343.052 044 Derecho militar, tributario, mercartil, industrial - Impuesto de renta Resumen:
A Legis Editores S.A., le complace entregar la undécima edición de la publicación Medios Magnéticos presentación de la información tributaria, constituyéndose en una herramienta didáctica para la preparación y presentación de la información exógena correspondiente a/ año gravable 2021, que debe ser reportada a través de los servicios informáticos de la DIAN, haciendo uso del instrumento de firma electrónica, IFE.
La presente edición ha sido actualizada con la Resolución 98 de 28 de octubre de 2020, modificada y adicionada parcialmente por la Resolución 147 de diciembre 7 de 2021, normas que contienen las exigencias técnicas y la forma de preparar y presentar la información en medios magnéticos; también incluye sinopsis de los obligados, ejemplos prácticos, diligenciamiento de los diferentes formatos para el reporte de la información y las principales modificaciones en la forma de presentar la información.
Entre las principales modificaciones en la información exógena del año 2021, tenemos: se incluyen dentro de los sujetos obligados a presentar información exógena por el año gravable 2021, a las entidades que otorgan, cancelan o suspendan personerías jurídicas; se precisa que para la entrega de la información por las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales, se deberá enviar a la DIAN, la relación anual de pagos de todos los contratos vigentes en el año gravable con cargo a estos convenios; se adiciona al reporte anual de la información de los fondos de cesantías, el valor de los retiros en período correspondientes a cesantías acumuladas a los años 2016, 2017 y siguientes y el valor de las cesantías acumuladas hasta el año 2016 a 31 diciembre del año a reportar, y el valor cesantías acumuladas del año 2017 y Siguientes a 31 de diciembre del año a reportar; se modifica el valor a reportar por acciones, aportes o derechos sociales poseídos en cualquier clase de sociedad o entidades, que correspondan al valor total de la inversión, aporte o derecho social efectuada y acumulada a 31 de diciembre del año a reportar; se efectuaron cambios en los requerimientos para la información del saldo de los pasivos y de los deudores de créditos activos, y en la información de las declaraciones tributarias, se deberán suministrar los valores correspondientes a inversiones realizadas por sociedades Zomac, megainversionistas, sociedades de economía naranja y sociedades que desarrollan actividades del campo colombiano.
La presente edición fue elaborada por Claudia Janeth González Muñoz, redactora de la Unidad de Información Jurídica, bajo la dirección de Natacha Mariú Alvear Aragón, jefe de la Unidad Tributaria. Los contenidos relativos a los ejercicios y formatos fueron elaborados por la firma Baker Tilly Tax SAS.
Nota de contenido:
. ÍNDICE GENERAL.
PRIMERA PARTE. Aspectos generales de la obligación a informar.
· CAPÍTULO ÚNICO. Deber de informar.
SEGUNDA PARTE. Información para estudios y cruces de información (E.T., art. 631; DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO I. Obligados.
· CAPÍTULO II. Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.
· CAPÍTULO III. Información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente practicadas.
· Formato sobre información de ingresos y retenciones por rentas de trabajo y de pensiones.
· CAPÍTULO IV. Información de retenciones en la fuente que le practicaron.
· CAPÍTULO V. Información de ingresos recibidos en el año.
· CAPÍTULO VI. Información del impuesto sobre las ventas descontable y del impuesto sobre las ventas generado e impuesto nacional al consumo.
· Impuestos descontables.
· Impuesto generado y/o impuesto nacional al consumo.
· CAPÍTULO VII. Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre.
· CAPÍTULO VIII. Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre.
· CAPÍTULO IX. Información de descuentos tributarios e ingresos no constitutivos de renta (E.T., art. 631, lits. d) y K)).
· CAPÍTULO X. Información de las declaraciones tributarias (E.T., art. 631, lit. K)).
· CAPÍTULO XI. Contratos de colaboración empresarial.
· Información de consorcios y uniones temporales.
· Información de contratos para exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales.
· Información de contratos de mandato o de administración delegada.
· Información de contratos de joint venture.
· Información de cuentas en participación.
· Información de los contratos de los convenios de cooperación con entidades públicas.
· CAPÍTULO XII. Obligados a presentar estados financieros consolidados (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO XIII. Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia, ECE (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO XIV. Información de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.
· CAPÍTULO XV. Información de ingresos recibidos para terceros.
· CAPÍTULO XVI. Plazos.
· CAPÍTULO XVII. Información contable y fiscal para la realización de los formatos de información exógena (DIAN, Res. 98/2020).
TERCERA PARTE. Información que deben reportar las entidades financieras.
· CAPÍTULO ÚNICO. Entidades vigiladas por la superintendencia financiera (DIAN, Res. 98 oct. 28/2020).
· Bolsas de valores y comisionistas de bolsa.
· Información de las sociedades fiduciarias.
· Sociedad administradora del depósito centralizado de valores (Deceval).
· Fondo de cesantías.
· Cuentas de ahorro para el fomento de la construcción, AFC, y cuentas de ahorro voluntario contractual, AVC.
CUARTA PARTE. Información que deben reportar otros obligados.
· CAPÍTULO ÚNICO. Cámaras de comercio (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Registraduría Nacional del Estado civil (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Notarios (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Personas o entidades que elaboren facturas o documentos equivalentes (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020)
QUINTA PARTE. Información para efectos de control tributario.
· CAPÍTULO ÚNICO. Obligados
· Información de registro catastral, del impuesto predial unificado, del impuesto unificado de vehiculos y del impuesto de industria, comercio y tableros, y resoluciones administrativas relacionadas con obligaciones tributarias del orden municipal o distrital.
· Entidades que otorgan, cancelan o suspenden personerías jurídicas.
SEXTA PARTE. Información de convenios de cooperación y asistencia técnica (L. 863/2003, art. 58;DUR. 1625/2016, art. 1.6.1.28.1; DIAN, Res. 98, oct. 28/2020)
· CAPÍTULO ÚNICO. Obligados.
SÉPTIMA PARTE. Información de mujeres trabajadoras víctimas de la violencia comprobada.
· CAPÍTULO I. Obligados.
· Información de donaciones efectuadas a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen especial.
· CAPÍTULO II. Obligados.
· Información de no causación del impuesto Nacional al carbono
· CAPÍTULO III. Obligados.
OCTAVA PARTE. Plazos para la entrega de la información.
· CAPÍTULO ÚNICO. Plazos.
NOVENA PARTE. Control a la obligación de informar.
· CAPÍTULO ÚNICO. Finalidad de la fiscalización y procedimiento para la imposición de la sanción.
DÉCIMA PARTE. Sistemas técnicos de control de la DIAN.
· CAPÍTULO I. Información de quienes prestan el servicio de sacrificio de animales (DIAN, Res. 12889/2007; Res. 3460/2008).
· CAPÍTULO II. Información para el sector de curtiembres (DIAN, Res. 132/2015; Res. 30/2016).
DÉCIMO PRIMERA PARTE. Convenios de intercambio de información tributaria.
· CAPÍTULO I. Intercambio de información por la convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal.
· CAPÍTULO II. Intercambio de información por acuerdo con el gobierno de los Estados Unidos de América.
· Implementación del intercambio automático para las instituciones financieras.
DÉCIMO SEGUNDA PARTE. Disposiciones normativas.
DÉCIMO TERCERA PARTE. Información complementaria para el diligenciamiento de formatos.
DÉCIMO CUARTA PARTE.
Medios magnéticos : Presentación de la información tributaria [texto impreso] / José Antonio Currea Díaz, Editor comercial ; Martha Penen Lastra, Editor comercial . - 11 ed. . - Bogotá [Colombia] : Legis Editores, 2022 . - 356 p. : il., ... en blanco y negro ; 27 cm.
ISBN : 978-958-797-260-3 : 79900
Cuadros,gráficos
Idioma : Español (spa)
Etiquetas: IMPUESTOS MEDIOS MAGNÉTICOS-COLOMBIA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS-COLOMBIA. Clasificación: 343.052 044 Derecho militar, tributario, mercartil, industrial - Impuesto de renta Resumen:
A Legis Editores S.A., le complace entregar la undécima edición de la publicación Medios Magnéticos presentación de la información tributaria, constituyéndose en una herramienta didáctica para la preparación y presentación de la información exógena correspondiente a/ año gravable 2021, que debe ser reportada a través de los servicios informáticos de la DIAN, haciendo uso del instrumento de firma electrónica, IFE.
La presente edición ha sido actualizada con la Resolución 98 de 28 de octubre de 2020, modificada y adicionada parcialmente por la Resolución 147 de diciembre 7 de 2021, normas que contienen las exigencias técnicas y la forma de preparar y presentar la información en medios magnéticos; también incluye sinopsis de los obligados, ejemplos prácticos, diligenciamiento de los diferentes formatos para el reporte de la información y las principales modificaciones en la forma de presentar la información.
Entre las principales modificaciones en la información exógena del año 2021, tenemos: se incluyen dentro de los sujetos obligados a presentar información exógena por el año gravable 2021, a las entidades que otorgan, cancelan o suspendan personerías jurídicas; se precisa que para la entrega de la información por las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales, se deberá enviar a la DIAN, la relación anual de pagos de todos los contratos vigentes en el año gravable con cargo a estos convenios; se adiciona al reporte anual de la información de los fondos de cesantías, el valor de los retiros en período correspondientes a cesantías acumuladas a los años 2016, 2017 y siguientes y el valor de las cesantías acumuladas hasta el año 2016 a 31 diciembre del año a reportar, y el valor cesantías acumuladas del año 2017 y Siguientes a 31 de diciembre del año a reportar; se modifica el valor a reportar por acciones, aportes o derechos sociales poseídos en cualquier clase de sociedad o entidades, que correspondan al valor total de la inversión, aporte o derecho social efectuada y acumulada a 31 de diciembre del año a reportar; se efectuaron cambios en los requerimientos para la información del saldo de los pasivos y de los deudores de créditos activos, y en la información de las declaraciones tributarias, se deberán suministrar los valores correspondientes a inversiones realizadas por sociedades Zomac, megainversionistas, sociedades de economía naranja y sociedades que desarrollan actividades del campo colombiano.
La presente edición fue elaborada por Claudia Janeth González Muñoz, redactora de la Unidad de Información Jurídica, bajo la dirección de Natacha Mariú Alvear Aragón, jefe de la Unidad Tributaria. Los contenidos relativos a los ejercicios y formatos fueron elaborados por la firma Baker Tilly Tax SAS.
Nota de contenido:
. ÍNDICE GENERAL.
PRIMERA PARTE. Aspectos generales de la obligación a informar.
· CAPÍTULO ÚNICO. Deber de informar.
SEGUNDA PARTE. Información para estudios y cruces de información (E.T., art. 631; DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO I. Obligados.
· CAPÍTULO II. Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados.
· CAPÍTULO III. Información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente practicadas.
· Formato sobre información de ingresos y retenciones por rentas de trabajo y de pensiones.
· CAPÍTULO IV. Información de retenciones en la fuente que le practicaron.
· CAPÍTULO V. Información de ingresos recibidos en el año.
· CAPÍTULO VI. Información del impuesto sobre las ventas descontable y del impuesto sobre las ventas generado e impuesto nacional al consumo.
· Impuestos descontables.
· Impuesto generado y/o impuesto nacional al consumo.
· CAPÍTULO VII. Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre.
· CAPÍTULO VIII. Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre.
· CAPÍTULO IX. Información de descuentos tributarios e ingresos no constitutivos de renta (E.T., art. 631, lits. d) y K)).
· CAPÍTULO X. Información de las declaraciones tributarias (E.T., art. 631, lit. K)).
· CAPÍTULO XI. Contratos de colaboración empresarial.
· Información de consorcios y uniones temporales.
· Información de contratos para exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales.
· Información de contratos de mandato o de administración delegada.
· Información de contratos de joint venture.
· Información de cuentas en participación.
· Información de los contratos de los convenios de cooperación con entidades públicas.
· CAPÍTULO XII. Obligados a presentar estados financieros consolidados (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO XIII. Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia, ECE (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· CAPÍTULO XIV. Información de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.
· CAPÍTULO XV. Información de ingresos recibidos para terceros.
· CAPÍTULO XVI. Plazos.
· CAPÍTULO XVII. Información contable y fiscal para la realización de los formatos de información exógena (DIAN, Res. 98/2020).
TERCERA PARTE. Información que deben reportar las entidades financieras.
· CAPÍTULO ÚNICO. Entidades vigiladas por la superintendencia financiera (DIAN, Res. 98 oct. 28/2020).
· Bolsas de valores y comisionistas de bolsa.
· Información de las sociedades fiduciarias.
· Sociedad administradora del depósito centralizado de valores (Deceval).
· Fondo de cesantías.
· Cuentas de ahorro para el fomento de la construcción, AFC, y cuentas de ahorro voluntario contractual, AVC.
CUARTA PARTE. Información que deben reportar otros obligados.
· CAPÍTULO ÚNICO. Cámaras de comercio (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Registraduría Nacional del Estado civil (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Notarios (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020).
· Personas o entidades que elaboren facturas o documentos equivalentes (DIAN, Res. 98, oct. 28/2020)
QUINTA PARTE. Información para efectos de control tributario.
· CAPÍTULO ÚNICO. Obligados
· Información de registro catastral, del impuesto predial unificado, del impuesto unificado de vehiculos y del impuesto de industria, comercio y tableros, y resoluciones administrativas relacionadas con obligaciones tributarias del orden municipal o distrital.
· Entidades que otorgan, cancelan o suspenden personerías jurídicas.
SEXTA PARTE. Información de convenios de cooperación y asistencia técnica (L. 863/2003, art. 58;DUR. 1625/2016, art. 1.6.1.28.1; DIAN, Res. 98, oct. 28/2020)
· CAPÍTULO ÚNICO. Obligados.
SÉPTIMA PARTE. Información de mujeres trabajadoras víctimas de la violencia comprobada.
· CAPÍTULO I. Obligados.
· Información de donaciones efectuadas a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen especial.
· CAPÍTULO II. Obligados.
· Información de no causación del impuesto Nacional al carbono
· CAPÍTULO III. Obligados.
OCTAVA PARTE. Plazos para la entrega de la información.
· CAPÍTULO ÚNICO. Plazos.
NOVENA PARTE. Control a la obligación de informar.
· CAPÍTULO ÚNICO. Finalidad de la fiscalización y procedimiento para la imposición de la sanción.
DÉCIMA PARTE. Sistemas técnicos de control de la DIAN.
· CAPÍTULO I. Información de quienes prestan el servicio de sacrificio de animales (DIAN, Res. 12889/2007; Res. 3460/2008).
· CAPÍTULO II. Información para el sector de curtiembres (DIAN, Res. 132/2015; Res. 30/2016).
DÉCIMO PRIMERA PARTE. Convenios de intercambio de información tributaria.
· CAPÍTULO I. Intercambio de información por la convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal.
· CAPÍTULO II. Intercambio de información por acuerdo con el gobierno de los Estados Unidos de América.
· Implementación del intercambio automático para las instituciones financieras.
DÉCIMO SEGUNDA PARTE. Disposiciones normativas.
DÉCIMO TERCERA PARTE. Información complementaria para el diligenciamiento de formatos.
DÉCIMO CUARTA PARTE.
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