Título : |
La filiación : Un análisis comparado en la legislación colombiana y en el derecho común español |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Gallo Vélez, Ana Silvia, Autor |
Editorial: |
Bogotá [Colombia] : Grupo Editorial Ibáñez |
Fecha de publicación: |
2015 |
Número de páginas: |
224 p. |
Il.: |
il., ... en blanco y negro |
Dimensiones: |
23 cm |
ISBN/ISSN/DL: |
978-958-749-449-5 |
Precio: |
41000 |
Idioma : |
Español (spa) |
Etiquetas: |
DERECHO DE FAMILIA FILIACIÓN - DERECHO COMPARADO FILIACIÓN - DERECHO DE FAMILIA PATERNIDAD - DERECHO |
Clasificación: |
346.017 Derecho privado (Padre e hijo) |
Resumen: |
El derecho de filiación es uno de los hilos que entretejen el derecho de familia y éste a su vez hace parte integrante del derecho civil, que regula algunas de las relaciones jurídicas de la sociedad.
El núcleo esencial de las relaciones familiares y sociales es la relación de filiación; es ella la razón de ser de todo el sistema del derecho familiar y el objeto central de este estudio es el régimen jurídico aplicable a la filiación, en la legislación colombiana y en el derecho común español.
Las transformaciones de la sociedad y los avances de la ciencia, han tenido gran incidencia sobre el derecho de filiación desde hace ya casi más de tres décadas, dejando zonas de luces y zonas de sombras. De un lado, han influido en la forma como se determina la filiación; en la prueba que sirve para acreditar los vínculos controvertidos entre progenitores e hijos; han generado, de acuerdo con algún régimen jurídico, el peculiar caso de algunas filiaciones derivadas de técnicas de reproducción humana asistida que anteriormente no existían. De otro lado, han causado graves conflictos de paternidad y de maternidad afectando la estructura del derecho filial, lo cual ha generado diferentes reacciones en los ordenamientos jurídicos.
|
Nota de contenido: |
• Abreviaturas.
• Introducción.
PRIMERA PARTE.
• CAPÍTULO PRIMERO. ASPECTOS GENERALES DE LA FILIACIÓN EN LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA Y EN EL DERECHO COMÚN ESPAÑOL.
1. DEFINICIÓN DE FILIACIÓN.
2. CLASIFICACIÓN DE LA FILIACIÓN.
2.1. DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL ORIGEN DE LA RELACIÓN PATERNO-FILIAL.
2.1.1. Filiación biológica.
2.1.1.1. Por cópula sexual.
2.1.1.2. Por métodos de reproducción humana asistida.
2.1.1.3. Por clonación humana.
2.1.2. Filiación meramente jurídica.
2.1.2.1. Por adopción.
2.1.2.2. Por reproducción humana asistida heteróloga.
2.1.2.3. Por contrato de maternidad subrogada.
2.2. DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA EXISTENCIA O NO DE MATRIMONIO ENTRE LOS PROGENITORES.
2.2.1. Filiación matrimonial.
2.2.2. Filiación no matrimonial.
2.3. FILIACIÓN EN RAZÓN DEL MODO DE DETERMINACIÓN.
2.3.1. Filiación legal.
2.3.2. Filiación judicial.
2.3.3. Filiación declarativa.
2.4. FILIACIÓN EN RAZÓN DE SU CARACTERIZACIÓN.
2.4.1. Filiación presunta.
2.4.2. Filiación ficta.
2.4.3. Filiación real.
2.4.4. Filiación aparente.
2.5. DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA LEGALIDAD.
2.5.1. Filiación lícita.
2.5.2. Filiación ilícita.
3. DETERMINACIÓN DE LA FILIACIÓN.
3.1. DETERMINACIÓN DE LA FILIACIÓN MATRIMONIAL.
3.1.1. Inscripción del nacimiento junto con la del matrimonio de los padres.
3.1.1.1 Con relación a la maternidad, “mater semper certa est.”
3.1.1.2. En cuanto a la paternidad, la máxima por excelencia ha sido "pater is est, quem justae nuptiae demostrant".
3.1.2. EL SEGUNDO MECANISMO A TRAVÉS DEL CUAL SE DETERMINA LA FILIACIÓN MATRIMONIAL ES DE CARÁCTER JUDICIAL.
3.1.3. POR ÚLTIMO Y EN FORMA EXCEPCIONAL, LA FILIACIÓN MATRIMONIAL PODRÁ QUEDAR DETERMINADA MEDIANTE EL RECONOCIMIENTO DE LA RELACIÓN FILIAL EN DOS EVENTOS.
3.1.3.1. El primer caso.
3.1.3.2. El segundo caso.
3.2. DETERMINACIÓN DE LA FILIACIÓN NO MATRIMONIAL.
3.2.1. El reconocimiento de la filiación.
3.2.2. La sentencia en firme.
3.2.3. Determinación legal de la filiación materna por el solo hecho del nacimiento y la inscripción dentro del plazo.
3.2.4. Presunción de paternidad de los hijos de las uniones maritales de hecho en el ordenamiento jurídico colombiano.
3.2.5. Determinación de la filiación incestuosa en el derecho común español.
3.2.6. Por resolución recaída en expediente tramitado con arreglo a la legislación del registro civil.
4. LA POSESIÓN NOTORIA DEL ESTADO CIVIL.
4.1. El concepto.
4.2. Elementos definitorios.
4.2.1. Nombre (Nomen).
4.2.2. Trato (Tractatus).
4.2.3. Fama (Fama).
4.3. REQUISITOS.
4.3.1. Constancia.
4.3.2. Notoriedad.
4.3.3. Actual.
4.3.4. No es necesario que haya iniciado con el nacimiento del hijo.
4.3.5. Debe analizarse en ausencia de otros medios de prueba.
4.4. Funciones.
• CAPÍTULO SEGUNDO. DEL RECONOCIMIENTO DE LA FILIACIÓN EN LAS LEGISLACIONES COLOMBIANA Y ESPAÑOLA.
1. DEFINICIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LA FILIACIÓN.
2. CARACTERÍSTICAS DEL RECONOCIMIENTO.
2.1. Es un acto unilateral del reconocedor.
2.2. Es voluntario.
2.3. Personalísimo.
2.4. Se afirma que es un acto constitutivo.
2.5. Expreso.
2.6. Solemne o formal.
2.7. Puro y simple.
2.8. Irrevocable.
2.9. Retroactivo.
2.10. Oponible erga omnes.
3. DE LA FORMA DE EFECTUARSE EL RECONOCIMIENTO DE LA FILIACIÓN.
3.1. Reconocimiento ante el encargado del registro civil.
3.2. Reconocimiento en testamento.
3.3. Reconocimiento en documento público.
3.4. Reconocimiento judicial.
4. DE LOS SUJETOS DEL RECONOCIMIENTO Y DE LA CAPACIDAD PARA RECONOCER.
4.1. Con relación al sujeto activo del reconocimiento.
4.2. Con relación al sujeto pasivo del reconocimiento.
4.2.1. Cuando el hijo que se va a reconocer es mayor de edad.
4.2.2. Cuando el hijo que se reconoce es menor de edad o incapaz en razón de enfermedad.
5. UBICACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LA FILIACIÓN EN LA CLASIFICACIÓN DE LA FILIACIÓN INICIAL.
5.1. Desde el punto de vista del origen de la filiación.
5.2. Desde el punto de vista de la existencia o no de matrimonio entre los padres del sujeto pasivo.
5.3. En consideración al modo de determinación.
5.4. En razón de su caracterización.
6. CASOS ESPECÍFICOS DE RECONOCIMIENTOS.
6.1. Con relación al concebido no nacido.
6.2. Con relación al hijo fallecido.
6.3. Reconocimiento de un hijo que tiene determinada otra filiación contradictoria.
6.4. Reconocimiento ficto, tácito o presunto; llamado también provocado.
6.5. El problema del incesto.
6.6. Reconocimiento incidental formal.
6.7. Reconocimiento de hijos ajenos como propios.
SEGUNDA PARTE.
• CAPÍTULO PRIMERO. DE LAS ACCIONES DE FILIACIÓN EN LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA Y EN EL DERECHO COMÚN ESPAÑOL.
1. DEFINICIÓN DE LAS ACCIONES DE FILIACIÓN.
2. CARACTERÍSTICAS DE LAS ACCIONES DE FILIACIÓN.
2.1. Personalidad o marcada inherencia/interés público.
2.2. No se pueden someter a transacción; son indisponibles, irrenunciables, imprescriptibles, aunque sometidas a caducidad.
3. CLASIFICACIÓN DE LAS ACCIONES DE FILIACIÓN.
3.1. Acciones de reclamación de filiación.
3.1.1. Con relación a la legitimación activa.
3.1.2. Con relación a los elementos objetivos de la acción.
3.1.3. En cuanto a la defensa del demandado.
3.1.4. Con relación al plazo.
3.2. Acciones de impugnación de filiación.
3.2.1. Acción de impugnación en filiación matrimonial.
3.2.2. Acción de impugnación en filiación no matrimonial.
4. VALIDEZ O INVALIDEZ. EFICACIA O INEFICACIA DEL RECONOCIMIENTO Y SU ACCIÓN DE IMPUGNACIÓN.
4.1. Impugnación del reconocimiento por vicios del consentimiento.
4.2. Ineficacia del reconocimiento por ausencia en los requisitos de forma.
4.3. Invalidez del reconocimiento por falta de capacidad en los sujetos.
4.4. Ineficacia en el reconocimiento por omisión de ciertos consentimientos, autorizaciones y aprobaciones judiciales.
• CAPÍTULO SEGUNDO. ALGUNOS ASPECTOS PROCESALES
1. EN TORNO A LA COMPETENCIA.
2. LEGITIMACIÓN ACTIVA.
3. LEGITIMACIÓN PASIVA.
4. CON RELACIÓN A LOS REQUISITOS FUNDAMENTALES PARA LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA DE FILIACIÓN.
5. EN CUANTO AL PROCEDIMIENTO.
6. INTERVENCIÓN DEL ESTADO.
7. DE LAS PRUEBAS: ESPECIAL CONSIDERACIÓN DE LAS PRUEBAS BIOLÓGICAS.
7.1. Concepto de la prueba biológica de paternidad (PBP).
7.2. Importancia, obligatoriedad de la práctica de la PBP y efectos de la renuencia del demandado a su realización.
8. EN CUANTO A LAS MEDIDAS CAUTELARES.
• CAPÍTULO TERCERO. INCIDENCIA DE LAS TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN HUMANA ASISTIDA EN EL DERECHO DE FILIACIÓN, EN LAS LEGISLACIONES QUE SE COMPARAN.
1. CONCEPTO DE LAS TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN HUMANA ASISTIDA (TRHA) Y CLASES.
2. ALGUNOS ASPECTOS JURÍDICOS.
2.1. Reconocimiento constitucional.
2.2. Reconocimiento legislativo.
2.2.1. Del anonimato del donante.
2.2.2. Del consentimiento en las técnicas de reproducción humana asistida.
2.2.3. De la fecundación post mortem.
2.2.4. Es cuanto a la maternidad subrogada.
• CONCLUSIONES.
• BIBLIOGRAFÍA.
|
La filiación : Un análisis comparado en la legislación colombiana y en el derecho común español [texto impreso] / Gallo Vélez, Ana Silvia, Autor . - Bogotá [Colombia] : Grupo Editorial Ibáñez, 2015 . - 224 p. : il., ... en blanco y negro ; 23 cm. ISBN : 978-958-749-449-5 : 41000 Idioma : Español ( spa)
Etiquetas: |
DERECHO DE FAMILIA FILIACIÓN - DERECHO COMPARADO FILIACIÓN - DERECHO DE FAMILIA PATERNIDAD - DERECHO |
Clasificación: |
346.017 Derecho privado (Padre e hijo) |
Resumen: |
El derecho de filiación es uno de los hilos que entretejen el derecho de familia y éste a su vez hace parte integrante del derecho civil, que regula algunas de las relaciones jurídicas de la sociedad.
El núcleo esencial de las relaciones familiares y sociales es la relación de filiación; es ella la razón de ser de todo el sistema del derecho familiar y el objeto central de este estudio es el régimen jurídico aplicable a la filiación, en la legislación colombiana y en el derecho común español.
Las transformaciones de la sociedad y los avances de la ciencia, han tenido gran incidencia sobre el derecho de filiación desde hace ya casi más de tres décadas, dejando zonas de luces y zonas de sombras. De un lado, han influido en la forma como se determina la filiación; en la prueba que sirve para acreditar los vínculos controvertidos entre progenitores e hijos; han generado, de acuerdo con algún régimen jurídico, el peculiar caso de algunas filiaciones derivadas de técnicas de reproducción humana asistida que anteriormente no existían. De otro lado, han causado graves conflictos de paternidad y de maternidad afectando la estructura del derecho filial, lo cual ha generado diferentes reacciones en los ordenamientos jurídicos.
|
Nota de contenido: |
• Abreviaturas.
• Introducción.
PRIMERA PARTE.
• CAPÍTULO PRIMERO. ASPECTOS GENERALES DE LA FILIACIÓN EN LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA Y EN EL DERECHO COMÚN ESPAÑOL.
1. DEFINICIÓN DE FILIACIÓN.
2. CLASIFICACIÓN DE LA FILIACIÓN.
2.1. DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL ORIGEN DE LA RELACIÓN PATERNO-FILIAL.
2.1.1. Filiación biológica.
2.1.1.1. Por cópula sexual.
2.1.1.2. Por métodos de reproducción humana asistida.
2.1.1.3. Por clonación humana.
2.1.2. Filiación meramente jurídica.
2.1.2.1. Por adopción.
2.1.2.2. Por reproducción humana asistida heteróloga.
2.1.2.3. Por contrato de maternidad subrogada.
2.2. DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA EXISTENCIA O NO DE MATRIMONIO ENTRE LOS PROGENITORES.
2.2.1. Filiación matrimonial.
2.2.2. Filiación no matrimonial.
2.3. FILIACIÓN EN RAZÓN DEL MODO DE DETERMINACIÓN.
2.3.1. Filiación legal.
2.3.2. Filiación judicial.
2.3.3. Filiación declarativa.
2.4. FILIACIÓN EN RAZÓN DE SU CARACTERIZACIÓN.
2.4.1. Filiación presunta.
2.4.2. Filiación ficta.
2.4.3. Filiación real.
2.4.4. Filiación aparente.
2.5. DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA LEGALIDAD.
2.5.1. Filiación lícita.
2.5.2. Filiación ilícita.
3. DETERMINACIÓN DE LA FILIACIÓN.
3.1. DETERMINACIÓN DE LA FILIACIÓN MATRIMONIAL.
3.1.1. Inscripción del nacimiento junto con la del matrimonio de los padres.
3.1.1.1 Con relación a la maternidad, “mater semper certa est.”
3.1.1.2. En cuanto a la paternidad, la máxima por excelencia ha sido "pater is est, quem justae nuptiae demostrant".
3.1.2. EL SEGUNDO MECANISMO A TRAVÉS DEL CUAL SE DETERMINA LA FILIACIÓN MATRIMONIAL ES DE CARÁCTER JUDICIAL.
3.1.3. POR ÚLTIMO Y EN FORMA EXCEPCIONAL, LA FILIACIÓN MATRIMONIAL PODRÁ QUEDAR DETERMINADA MEDIANTE EL RECONOCIMIENTO DE LA RELACIÓN FILIAL EN DOS EVENTOS.
3.1.3.1. El primer caso.
3.1.3.2. El segundo caso.
3.2. DETERMINACIÓN DE LA FILIACIÓN NO MATRIMONIAL.
3.2.1. El reconocimiento de la filiación.
3.2.2. La sentencia en firme.
3.2.3. Determinación legal de la filiación materna por el solo hecho del nacimiento y la inscripción dentro del plazo.
3.2.4. Presunción de paternidad de los hijos de las uniones maritales de hecho en el ordenamiento jurídico colombiano.
3.2.5. Determinación de la filiación incestuosa en el derecho común español.
3.2.6. Por resolución recaída en expediente tramitado con arreglo a la legislación del registro civil.
4. LA POSESIÓN NOTORIA DEL ESTADO CIVIL.
4.1. El concepto.
4.2. Elementos definitorios.
4.2.1. Nombre (Nomen).
4.2.2. Trato (Tractatus).
4.2.3. Fama (Fama).
4.3. REQUISITOS.
4.3.1. Constancia.
4.3.2. Notoriedad.
4.3.3. Actual.
4.3.4. No es necesario que haya iniciado con el nacimiento del hijo.
4.3.5. Debe analizarse en ausencia de otros medios de prueba.
4.4. Funciones.
• CAPÍTULO SEGUNDO. DEL RECONOCIMIENTO DE LA FILIACIÓN EN LAS LEGISLACIONES COLOMBIANA Y ESPAÑOLA.
1. DEFINICIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LA FILIACIÓN.
2. CARACTERÍSTICAS DEL RECONOCIMIENTO.
2.1. Es un acto unilateral del reconocedor.
2.2. Es voluntario.
2.3. Personalísimo.
2.4. Se afirma que es un acto constitutivo.
2.5. Expreso.
2.6. Solemne o formal.
2.7. Puro y simple.
2.8. Irrevocable.
2.9. Retroactivo.
2.10. Oponible erga omnes.
3. DE LA FORMA DE EFECTUARSE EL RECONOCIMIENTO DE LA FILIACIÓN.
3.1. Reconocimiento ante el encargado del registro civil.
3.2. Reconocimiento en testamento.
3.3. Reconocimiento en documento público.
3.4. Reconocimiento judicial.
4. DE LOS SUJETOS DEL RECONOCIMIENTO Y DE LA CAPACIDAD PARA RECONOCER.
4.1. Con relación al sujeto activo del reconocimiento.
4.2. Con relación al sujeto pasivo del reconocimiento.
4.2.1. Cuando el hijo que se va a reconocer es mayor de edad.
4.2.2. Cuando el hijo que se reconoce es menor de edad o incapaz en razón de enfermedad.
5. UBICACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LA FILIACIÓN EN LA CLASIFICACIÓN DE LA FILIACIÓN INICIAL.
5.1. Desde el punto de vista del origen de la filiación.
5.2. Desde el punto de vista de la existencia o no de matrimonio entre los padres del sujeto pasivo.
5.3. En consideración al modo de determinación.
5.4. En razón de su caracterización.
6. CASOS ESPECÍFICOS DE RECONOCIMIENTOS.
6.1. Con relación al concebido no nacido.
6.2. Con relación al hijo fallecido.
6.3. Reconocimiento de un hijo que tiene determinada otra filiación contradictoria.
6.4. Reconocimiento ficto, tácito o presunto; llamado también provocado.
6.5. El problema del incesto.
6.6. Reconocimiento incidental formal.
6.7. Reconocimiento de hijos ajenos como propios.
SEGUNDA PARTE.
• CAPÍTULO PRIMERO. DE LAS ACCIONES DE FILIACIÓN EN LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA Y EN EL DERECHO COMÚN ESPAÑOL.
1. DEFINICIÓN DE LAS ACCIONES DE FILIACIÓN.
2. CARACTERÍSTICAS DE LAS ACCIONES DE FILIACIÓN.
2.1. Personalidad o marcada inherencia/interés público.
2.2. No se pueden someter a transacción; son indisponibles, irrenunciables, imprescriptibles, aunque sometidas a caducidad.
3. CLASIFICACIÓN DE LAS ACCIONES DE FILIACIÓN.
3.1. Acciones de reclamación de filiación.
3.1.1. Con relación a la legitimación activa.
3.1.2. Con relación a los elementos objetivos de la acción.
3.1.3. En cuanto a la defensa del demandado.
3.1.4. Con relación al plazo.
3.2. Acciones de impugnación de filiación.
3.2.1. Acción de impugnación en filiación matrimonial.
3.2.2. Acción de impugnación en filiación no matrimonial.
4. VALIDEZ O INVALIDEZ. EFICACIA O INEFICACIA DEL RECONOCIMIENTO Y SU ACCIÓN DE IMPUGNACIÓN.
4.1. Impugnación del reconocimiento por vicios del consentimiento.
4.2. Ineficacia del reconocimiento por ausencia en los requisitos de forma.
4.3. Invalidez del reconocimiento por falta de capacidad en los sujetos.
4.4. Ineficacia en el reconocimiento por omisión de ciertos consentimientos, autorizaciones y aprobaciones judiciales.
• CAPÍTULO SEGUNDO. ALGUNOS ASPECTOS PROCESALES
1. EN TORNO A LA COMPETENCIA.
2. LEGITIMACIÓN ACTIVA.
3. LEGITIMACIÓN PASIVA.
4. CON RELACIÓN A LOS REQUISITOS FUNDAMENTALES PARA LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA DE FILIACIÓN.
5. EN CUANTO AL PROCEDIMIENTO.
6. INTERVENCIÓN DEL ESTADO.
7. DE LAS PRUEBAS: ESPECIAL CONSIDERACIÓN DE LAS PRUEBAS BIOLÓGICAS.
7.1. Concepto de la prueba biológica de paternidad (PBP).
7.2. Importancia, obligatoriedad de la práctica de la PBP y efectos de la renuencia del demandado a su realización.
8. EN CUANTO A LAS MEDIDAS CAUTELARES.
• CAPÍTULO TERCERO. INCIDENCIA DE LAS TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN HUMANA ASISTIDA EN EL DERECHO DE FILIACIÓN, EN LAS LEGISLACIONES QUE SE COMPARAN.
1. CONCEPTO DE LAS TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN HUMANA ASISTIDA (TRHA) Y CLASES.
2. ALGUNOS ASPECTOS JURÍDICOS.
2.1. Reconocimiento constitucional.
2.2. Reconocimiento legislativo.
2.2.1. Del anonimato del donante.
2.2.2. Del consentimiento en las técnicas de reproducción humana asistida.
2.2.3. De la fecundación post mortem.
2.2.4. Es cuanto a la maternidad subrogada.
• CONCLUSIONES.
• BIBLIOGRAFÍA.
|
|  |